La Audiencia Nacional confirmó que juzgará al extesorero del Partido Popular (PP) Luis Bárcenas y al presunto líder de la trama ‘Gürtel’, Francisco Correa, al considerar que existen “nítidos” indicios de delito contra ellos, que se enfrentan, respectivamente, a peticiones fiscales de 125 años y un mes y 42 años de cárcel.
La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal rechazó en 14 autos los recursos de apelación presentados por 24 acusados, entre ellos Bárcenas y Correa, contra el auto que el juez Pablo Ruz dictó el pasado 8 de enero en el que proponía sentar en el banquillo a un total de 42 personas por las actividades que la trama desarrolló en su “primera época”, entre 1999 y 2005.
El tribunal, que tiene pendientes de resolver los recursos presentados por otros cuatro acusados, rechaza las alegaciones de Bárcenas argumentando que existen suficientes “indicios” de su participación en delitos de corrupción y que “falta justificación” sobre la procedencia de los 48 millones de euros que llegó a acumular en dos bancos suizos.
En relación con las operaciones de compra y venta de obras de arte con las que el extesorero y su esposa, Rosalía Iglesias, trataron de justificar la procedencia de medio millón de euros, el tribunal recuerda que este método “se ha podido utilizar como un medio de ocultar una importante suma a la Hacienda Pública”.
De igual modo, los magistrados cuestionan las operaciones que Bárcenas realizó con la empresa de exportación de limones ‘La Moraleja’, propiedad del extesorero de Alianza Popular (AP) Ángel Sanchís, para desviar tres millones de euros, ante “la falta de datos acerca de su existencia en el mundo real”.
En el caso de Correa, la Sala califica de “nítidos” y “fuertes” los indicios de delito que existen contra él y considera acreditada su “implicación en la organización delictiva que dirigió, compuesta por un entramado de empresas que controlaba en la sombra, a pesar de no figurar bajo su titularidad”.
El presunto líder de la trama se dedicaba supuestamente, según el auto, a “la obtención de favores y adjudicaciones amañadas, cuyas comisiones irregulares repartía para obtener la fidelizacion de las personas implicadas, llevando una contabilidad paralela para evitar las cargas fiscales y un sistema de facturación falsa para disimular las operaciones reales”.
Los magistrados también rechazan que se vulnerase el derecho de los acusados a ser investigados por el juez predeterminado por la ley, como alegó el presunto número dos de la red, el exsecretario de Organización del PP de Galicia Pablo Crespo.
En su auto la Sala esgrime que la situación de Ruz fue respaldada por acuerdos del CGPJ.
