Los pensionistas de la provincia de Segovia percibieron una media de 868,43 euros en el mes de marzo, según los datos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social. El número total de perceptores de alguna de las prestaciones contributivas del sistema en el tercer mes del año llegó a 33.099, un 0,9 por ciento más que el mes de marzo del año anterior.
Así, la nómina destinada por el departamento dirigido por Fátima Báñez a las pensiones en la provincia ascendió a 28.744.164 euros. La nómina de pensiones contributivas alcanzó los 8.947 millones de euros en marzo en todo el país, un 3,2 por ciento más que en el mismo mes del año pasado, siendo el número de beneficiarios de 9.583.617 en todo el país.
Respecto a las distintas pensiones contributivas, los jubilados volvieron a ser quienes percibieron la mayor cuantía, con una media de 999,81 euros. También son el grupo más numeroso, con 20.698, de modo que dos de cada tres segovianos que perciben una prestación lo hace por jubilación laboral.
Las pensiones de viudedad son las segundas que mayor número acumulan, con 8.932. La media en este caso ascendió a 631,15 euros. En cuanto a las pensiones por incapacidad permanente, llegaron a 2.202 segovianos en el mes de marzo, con una nómina media de 866.43 euros. Las de orfandad fueron percibidas por 1.129 personas en la provincia, con una media de 384,79 euros. Y las pensiones concedidas a favor de familiares llegaron a 138 beneficiarios, con una media de 509,51 euros.
En todos los casos, las cuantías recibidas por los segovianos fueron menores a las medias de Castilla y León, donde la pensión por jubilación alcanzó en marzo los 1.058,17 euros; la de viudedad fue de 642,69 euros; la de incapacidad permanente, de 939,76 euros; la de orfandad, los 413,09 euros; y la pensión a favor de familiares, los 549,49 euros
COMPLEMENTO A MÍNIMOS En el mes de marzo, 10.629 de los pensionistas segovianos tenían derecho al complemento a mínimos, lo que supone el 32,1 por ciento del total. Los perceptores son aquellos que tienen una pensión cuya cantidad anual no alcanza el importe mínimo de protección, establecido en atención a su clase en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Para optar a este complemento es necesario que el beneficiario acredite residencia en territorio español. Asimismo, estos complementos a mínimos son incompatibles con la percepción por el pensionista de rendimientos del trabajo, del capital o de actividades económicas y ganancias patrimoniales, de acuerdo con el concepto establecido para dichas rentas en el IRPF y computados conforme a lo establecido en el artículo 59 LGSS, cuando dichas rentas excedan de 7.133,97 euros al año.
