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La Junta abre expediente sancionador al dueño de los mastines sueltos de Santiuste de Pedraza

por Puri Bravo Alvarez
8 de octubre de 2022
en Provincia de Segovia
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Imagen aportada por los vecinos de un cerdo con dentelladas. / EA

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El Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural inicia expediente sancionador al propietario de los mastines sueltos en Santiuste de Pedraza que este verano han generado el temor y la queja vecinal y a los que se han achacado el ataque a otros animales. Al mismo tiempo, el Servicio Territorial se ha dirigido al Ayuntamiento de Santiuste de Pedraza para que proceda a la recogida y captura de los perros y se ocupe de proporcionarles alojamiento y manutención.

Del expediente incoado esta semana se derivarán las oportunas responsabilidades. De acuerdo a la legislación vigente en Castilla y León las sanciones pueden llevar multas de 150 a 600 euros; de 601 a 3.000; y de 3.001 hasta 30.000 euros para infracciones leves, graves o muy graves.

Según ha podido saber esta redacción, el Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de la Junta en Segovia recibió a principios de septiembre la denuncia del equipo del Seprona de la Guardia Civil por el estado en que se encontraban varios perros de raza mastín, sueltos y sin vigilancia alguna, en la localidad de Santiuste de Pedraza.

Recibida la denuncia, los Servicios Veterinarios Oficiales del Servicio Territorial, con el apoyo de agentes de la Guardia Civil, han realizado sucesivas visitas de inspección a Santiuste de Pedraza con el objetivo de comprobar la situación en la que se encuentran los animales desde el punto de vista sanitario (identificación, vacunación, desparasitación…) y de bienestar animal. Según informan desde los servicios de la Junta se han detectado “hasta siete mastines sueltos a los que no se han podido acercar los veterinarios por no contar con la colaboración de su propietario en ningún momento, aunque sí pudieron apreciar su delgadez y el mal estado de algunos ejemplares”.

La Orden AYG/610/2016, de 31 de mayo, establece que “se considerarán perros vagabundos los perros errantes con propietarios pero libres de vigilancia o restricción en un momento dado”, como sería este caso.

Además, de acuerdo con la Ley 5/1997, de Protección de los Animales de Compañía de Castilla y León, el abandono de los animales “no exime al propietario de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir”. Esta Ley también establece que los ayuntamientos deben contar con un servicio de recogida de animales abandonados.

La actuación de la Junta se circunscribe al ámbito de Sanidad y Bienestar Animal, mientras que desde la Guardia Civil se llevan a cabo las diligencias correspondientes a los ataques a otros animales y las quejas de los vecinos.

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