En la formulación de mi tesis doctoral sobre el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones pude comprobar que la estructura del sistema fiscal español adolecía de dos graves incorrecciones: que la recaudación se basa en los ingresos de las rentas sometidas a retención y en la excesiva tributación de las transmisiones inmobiliarias, lo que en este último caso determina en definitiva que, se aumente el gravamen por la adquisición de la vivienda. En efecto, según el Informe del Instituto de Estudios Económicos titulado “la fiscalidad de la Vivienda en España”, el tipo efectivo de una vivienda en propiedad para uso propio se eleva al 30.3% de su rentabilidad teórica. Es decir, el triple de la media de los Estados desarrollados y cinco veces más que la media de la Unión Europea (6,5%), señalando que muchos países por el contrario subvencionan la compra y la posesión de un inmueble. Esta cifra se obtiene al relacionar el alquiler el alquiler que se puede obtener de una vivienda con su carga fiscal (el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, el IVA, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras y las distintas tasas municipales de licencias de obras).
Un tipo efectivo del 30.3%, que solamente es superado por Canadá (38,9%) y que es muy superior al tipo medio de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) del 9,7% y al de la Unión Europea del 6,5%, y supera a la existente en países como Francia (22,8%) y Alemania (19,4%).
En resumen, la vivienda en España soporta una carga fiscal de 52.200 millones de euros, el 18% de la recaudación total anual, destacando los 11.000 millones de euros del IVA, los 6,500 millones de euros del IRPF, los 8.000 millones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y los 14.000 millones del IBI. Recordemos que el tipo impositivo de la vivienda nueva es del 10% (11.000 millones de euros de IVA), una recaudación a la que hay que sumar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (2.500 millones de euros), dado que ambos gravámenes son compatibles y han de abonarse con la adquisición de una vivienda. Cuando España tiene un déficit de vivienda, y así se estima que, en los próximos quince años, hasta el año 2040, nuestro país tendrá un déficit estructural de 2,2 millones de viviendas.
Por tanto, debería estudiarse una reducción de la tributación de la compra de la primera vivienda habitual, acompañada con la salida de suelo urbano por parte de los Ayuntamientos y la reducción de la burocracia en la tramitación de licencias y permisos. La Unión Europea instó este mes al Gobierno a incrementar la vivienda pública y asequible, dado que el parque de viviendas sociales se sitúa en el 1,5% del parque total, frente a una media del 9% de la Unión Europea, con objetivo de reducir su precio, medida que debería venir acompañada con la bajada de la tributación en su adquisición.
