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La Fiscalía pide al Tribunal Supremo que confirme la condena de Alsasua

por EUROPA PRESS
3 de junio de 2019
en Nacional
Cuartel de la Guardia Civil en la localidad navarra de Alsasua, donde se produjeron las agresiones a los agentes. / E.P.

Cuartel de la Guardia Civil en la localidad navarra de Alsasua, donde se produjeron las agresiones a los agentes. / E.P.

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La Fiscalía pidió al Tribunal Supremo que confirme la sentencia de la Audiencia Nacional que determinó que la agresión a dos guardias civiles y sus parejas en Alsasua (Navarra) el 15 de octubre de 2016 no fue terrorismo. El Ministerio Público impugnó ante el alto tribunal los ocho recursos de casación de las defensas de los condenados contra la resolución de la Audiencia Nacional que impone penas de 2 a 13 años de cárcel a los ocho jóvenes por delitos de atentado a agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas.

Así, la Fiscalía se limitó a impugnar los escritos de los condenados al considerar que a la vista de las dos sentencias dictadas hasta ahora, que rechazan calificar los hechos de terrorismo como así solicitó el Ministerio Público, no era procedente seguir recurriendo ante el Supremo.
En su respuesta a las defensas, el fiscal apreció prueba suficiente para ratificar la condena al entender que las lesiones vienen agravadas por la discriminación por motivos ideológicos de las víctimas dada su condición de guardias civiles.

Parcialidad

Asimismo, se opuso también a la supuesta parcialidad de los magistrados de la Audiencia Nacional, por haber sido condecorados por la Guardia Civil y por el matrimonio de uno de ellos con un miembro del Instituto Armado, de manera que no se puede sostener que hubieran actuado de forma sesgada.

Las dos resoluciones de la Audiencia agravaron las penas por discriminación, al entender que la motivación de los acusados fue la pertenencia de las víctimas a la Guardia Civil, pero descartaron la calificación de terrorismo.

Entre otros motivos, porque los acusados eran menores cuando la banda terrorista anunció el cese de la “lucha armada”, lo que determina “no solo la falta de apoyo logístico, sino la ausencia de directrices u órdenes e incluso que la intención de los condenados fuera actuar en nombre o coadyuvando en algo a la organización terrorista ETA”.

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