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La Audiencia rebaja las fianzas a los exdirectivos de Caja Segovia

por Redacción
2 de julio de 2018
en Segovia
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El expresidente de Caja Segovia, Atilano Soto, a la entrada de la Audiencia. / E. A.

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La Audiencia Provincial de Segovia ha rebajado las fianzas impuestas en principio a los antiguos directivos y los ejecutivos de Caja Segovia por el caso de las prejubilaciones millonarias, de modo que pasan de 24,4 a 6,8 millones de euros en el caso de la fianza solidaria conjunta para los acusados de un presunto delito de administración desleal, y entre los que se encontrarían Atilano Soto, Manuel Agudíez, Elena García, Manuel Escribano, Antonio Tapias, y Enrique Quintanilla.

También rebaja las fianzas para otro grupo de investigados, en este caso a título los que figuran como responsables a título lucrativo. En este caso están Miguel Ángel Sánchez Plaza, Óscar Varas, Juan Bautista Magaña, Juan Antonio Folgado, y Malaquías del Pozo.
Para este segundo grupo las fianzas disminuyen de la siguiente forma: a Miguel Ángel Sánchez Plaza le reducen la fianza impuesta desde los 3,9 millones de euros a 1.161.000 euros. La de Óscar Varas pasa de 2,5 a 737.900 euros. Para Juan Bautista Magaña se pasa de un millón de euros a 302.456 euros. La de Juan Antonio Folgado se reduce desde los 977.000 euros a 290.031 euros. Y para Malaquías del Pozo, en lugar de los 363.212 euros iniciales, deberá consignar 107.778 euros.

La Audiencia recuerda que todos los fiadores responderán conjunta y solidariamente entre ellos de la cantidad principal objeto de fianza, si bien la responsable civil directiva y l os participantes a título lucrativo lo harán dentro del límite de sus respectivas cuantías.

Con este auto, la Audiencia estima parcialmente las alegaciones impuestas por los investigados que recurrieron la decisión del Juzgado de Instrucción número 2 de Segovia.

En el mismo auto se rechaza la pretención de algunos de los directivos de que se archivara el asunto por considerar éstos que habrían prescrito los delitos que se les imputan.

Tras la primera resolución del Juzgado número 2 en la que se imponían las fianzas, la totalidad de los afectados recurrieron. Ahora la Audiencia les da parcialmente la razón. Entre otros argumentos considera el Tribunal que los acusados no deben responder por la cifra bruta total de los seguros y prejubilaciones suscritos con la aseguradora Caser, sino solo por aquellos incrementos que se juzgan. Asimismo, se considera que hay que restar de las cantidades lo pagado por vía de impuestos. “Las pensiones por prejubilación como las de jubilación tienen una causa onerosa y no lucrativa. Se trata de contraprestaciones que se realizan al trabajador por la actividad realizada en su vida laboral y por tanto tiene una evidente componente salarial”.

La Sala confirma en su auto que se celebrará juicio oral en próximas fechas, y por ello no entra a valorar ahora si el sistema de prejubilaciones supuso o no quebranto económico a la Fundación Caja Segovia.

Asimismo, el grupo de magistrados ha recordado la irrecurribilidad del auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Segovia en marzo de 2018 y tanto el auto de apertura del juicio oral como los escritos de calificación ya se han emitido por lo que el siguiente paso es determinar la fecha de dicho juicio.

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