Tan seguro como que España puede estar sin gobierno político doscientos sesenta y seis años y quinientas noches, y todo mejoraría, tengo la certeza de que las noticias que se relacionan de “aquí pa bajo” son conocidas, o casi, por “to” el personal. Solo trato de colocarlas en su biblioteca andante (situada en las estanterías de la memoria que transportamos en la testa) (1) para que sirvan de recuerdo. Sin más.
¿Sabía qué…?
La localidad de Madriguera (2), a 92,9 Km. de su capital, acogiéndose a la Ley de Reforma Agraria de 1933, pleiteó con la finalidad de liberarse de un censo perpetuo que llegaba desde los tiempos de “maricastaña” (siglo XV), y que obligaba a los vecinos a entregar anualmente a Aurelio González y Martínez de Azagra, Conde de la Puebla de Valverde, y su hermano Leoncio, la cantidad de ochenta fanegas de trigo y cebada (por partes iguales), y cuatro gallinas.
La referida reforma agraria trataba “de abolir los derechos y prestaciones señoriales” y los que pleitearon consiguieron su propósito, en aplicación de lo que se dispone en el Art. 1620, de nuestro Código Civil: “son prescriptibles tanto el capital como las pensiones de los censos” y, además, el Art. 1963 deja constancia de que las acciones reales sobre bienes inmuebles prescriben a los treinta años.
Conclusión. Ganaron, se quedaron con las gallinas, con los huevos… de las gallinas y con la cebada para darlas de comer. Pleno.
Puede que tampoco conozca otros pormenores de pueblos de nuestra provincia. Si bien, a través del esfuerzo y concienzudo trabajo de Pilar de Miguel en este periódico, sabrán de muchos de ellos. Aquí y ahora solo se “prevén” cosas breves.
Los datos son de las “Variaciones de los municipios de España desde el año 1842”. Realizado por el Ministerio de A. Públicas en 2008. Lean:
-Sonsoto incorporó su territorio a Trescasas en el Censo de Población de 1857.
-Sepan que San Cristóbal extinguió su territorio y estuvo incorporado a Palazuelos hasta 1857. En 1999 se crea como entidad propia por segregación de parte del territorio de este último.
-En fecha del referido censo fue cuando Pinillos de Polendos incorporó su espacio al de Escobar. Ya han transcurrido 162 años.
Otras cosas:
Perocojo era un molino que había en Abades. Se situaba en la ribera del Moros; tenía tres ruedas; durante nueve meses su “complejo” se movía por la corriente del río y los otros tres a través de una pequeña balsa. Fueron sus propietarios Martín Domingo de Contreras, de Ávila, y el Conde de Covatillas, de Zaragoza. Estos se la arrendaron a Juan González. Su producción de molienda anual dio un beneficio total de 9.070 reales. El reparto: 3.379 a los dueños y 5.700 al molinero. Referido al año 1752 y recogido en las actas del Catastro de Ensenada (1749-1756) (3).
Tampoco sé si todos los que leyeren sabrán que en Santiuste de San Juan Bautista, existía (y existe), un paraje conocido como “el Molino del Amor”. El lugar se ha recuperado y es ahora merendero y zona de ocio. Un buen plan para el verano.
Entre medias. Las piedras del derribo de la iglesia de San Agustín sirvieron para un arreglo (¿1916?) de la Puerta de San Andrés, en el Socorro.
El Postigo del Consuelo o de Santa Columba, fue derribado en el siglo XIX y reconstruido en 1947. Su portada actual corresponde a una edificación existente en la calle Real.
El escritor hispanista Richard Ford, en su última visita a Segovia, 1840, dejó está pregunta en el aire: “¿Es moruna la puerta de Santiago?”
Para acabar. En el supuesto de celebración del matrimonio, en Santiuste de Pedraza, el arancel (4) “oficial” mandaba pagar 12 reales, además de una espalda de carnero, un pan y una jarra de vino. Todo ello para el cura. El sacristán “iba” aparte.
¡Anda que no!
___________________
(1) Cabeza del ser humano y de los animales
(2) Madriguera. Probablemente el más representativo de los “pueblos rojos” de la Sierra de Ayllón se incorporó a Riaza en 1979.
(3) Zenón de Semodevilla y Bengoechea, I Marqués de La Ensenada., fue consejero de Estado de los monarcas Felipe V, Fernando VI y Carlos III. Después de prestar grandes servicios a la corona, a la muerte de Fernando VI fue desterrado.
(4) Tarifa oficial que determina los derechos que se han de pagar.
