El voto en conciencia en política es un derecho irrenunciable de los afiliados y simpatizantes de los partidos políticos, cuya vulneración resulta inconcebible en un partido democrático en este siglo XXI. Cualquier partido democrático debe reconocer a sus cargos electos, nacionales, regionales, provinciales e incluso municipales, la libertad de Voto en conciencia en cuestiones que afecten a sus convicciones más profundas (éticas, morales o religiosas).
Nuestra Constitución establece que los miembros de las Cortes Generales no estarán ligados por mandato imperativo; y por ello, resulta difícil de comprender. Por tanto, dice mucho de los partidos de España que en 41 años ya de historia democrática de nuestro país, no permitan, excepto uno, el Voto en conciencia.
Así mismo, La Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea dice que Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión,…así como la libertad de manifestar sus convicciones, individual y colectivamente, en público o en privado. Pues bien, en todos los partidos políticos, excepto en uno, aún admitiendo en teoría la libertad de conciencia, en la práctica lo niegan, pues al carecer del Voto en conciencia, impiden de hecho que sus cargos lo pongan en práctica.
La primera esencia y objetivo de los partidos debiera iniciarse por respetar las convicciones más íntimas de sus militantes, y por ende, de sus cargos representativos institucionales. Una situación -que cuando no se admite el voto en conciencia en propuestas no incluidas en los programas electorales- puede generar graves problemas éticos o morales a muchos cargos que se ven obligados a optar, entre lo que les exige su conciencia y las directrices del partido, cuya vulneración, además de sanciones y del señalamiento personal, puede llegar a suponer la exclusión, temporal o definitiva, de la propia actividad política.
Esta situación no debería permitirse jamás en un partido democrático, pues en el fondo, no respetar las convicciones más íntimas de sus militantes y poderlas manifestar públicamente, es el mayor absolutismo y totalitarismo de la dirección de un partido para controlar políticamente a sus cargos. La libertad de pensamiento y de acción por las convicciones más profundas de los afiliados se ve así cercenada en los partidos que presumen de democráticos, pero que en el fondo no lo son.
Dicho todo esto, resulta paradójico que todos los partidos de izquierdas que se dicen progresistas y democráticos, incluidos los nuevos (PSOE, IU y Podemos), junto con los nuevos de centro derecha como Ciudadanos y Vox, NINGUNO tiene recogido en sus estatutos ni contempla el Voto en Conciencia.
En España, SOLO el Partido Popular contempla en sus estatutos el Voto en Conciencia de sus afiliados; es el único partido en el que se reconoce el Voto en conciencia en aquellas propuestas que afecten a cuestiones éticas y/o morales. El único que permite, admite, valora y respeta la libertad de las convicciones más profundas de sus militantes.
En consecuencia, que PSOE, IU, PODEMOS, CIUDADANOS y VOX dejen de hablar de progresismo, libertad y tolerancia hasta que permitan a su propios afiliados actuar libremente en el desempeño de sus cargos en asuntos relacionados con la conciencia de los mismos, respetándoles y aceptándoles tal como son y piensan, y no obligándoles a actuar conforme a lo que diga la dirección de partido.
Que en España sea el Partido Popular el único que contempla, regula y tiene recogido el Voto en Conciencia, dice todo de qué partido es el más progresista, liberal y respetuoso con las ideas de las personas y, por ello, el único democrático con sus bases y con sus cargos electos. El PP es por tanto un partido abierto, en el que caben distintas opciones, y el único que se asemeja a la mayoría de partidos europeos que ya lo permiten.
En España en definitiva, el único, el Partido Popular.
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(*) Exdiputado por Segovia del PP.
