Con las elecciones generales para el 20 de noviembre ya anunciadas con mucha antelación, el Gobierno procedió hace unos días a la disolución del Parlamento, poniendo fin a la actual legislatura. Desde la perspectiva del sector agrario y alimentario, la actividad en el Congreso de los Diputados se concretaba en cuatro disposiciones, todas ellas de gran importancia. El balance se podría calificar de positivo, pero incompleto. El adelanto de los comicios ha frustrado la posibilidad de aprobar e iniciar la aplicación de la que debería haber sido la norma más importante para los intereses en el ámbito de la agricultura, la referida a la mejora de la cadena alimentaria, donde el campo se juega parte de sus rentas en manos de los intermediarios.
En la parte positiva de los trabajos desarrollados en la Cámara Baja para los intereses de los sectores agrario y agroalimentario, en primer lugar se halla la luz verde dada a inicios de este verano a la Ley de Sanidad Alimentaria y Nutrición, que afecta muy especialmente a la industria y muy enfocada a controlar la obesidad desde los niños.
Otra disposición importante ha sido el visto bueno de una normativa para la integración en los próximos años de los trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social y que reportará beneficios para más de 800.000 operarios.
La aprobación de esta legislación se produjo cuando el Parlamento ya estaba echando las cortina, al igual que ha sucedido con la Ley de Titularidad Compartida, de gran calado para el sector, y que debe suponer un vuelco sobre el papel y la significación de la mujer en la actividad de la explotación agraria.
Esta norma es una disposición por la que se igualan en el seno de una explotación agraria los derechos entre hombres y mujeres, ya sean matrimonios legalmente constituidos o parejas de hecho, lo que supone un cambio radical en la consideración de la fémina en este contexto. Este cambio constituye una vieja reclamación en el seno de las diferentes organización de mujeres en el medio rural como Anfamer, Fademur o Ceres. En 2009, aprobó un real decreto por el que se reivindicaban los derechos el seno de una explotación agraria y esos derechos se han consolidado en esta legislación para reconocer el papel clave de la mujer en el sector agrario, frente a una figura histórica legalmente maltratada o subconsiderada. Así, se hace justicia, reconociendo el papel de ellas en una explotación como protagonistas a la hora de tomar decisiones o representar a la sociedad.
En la actualidad, en el conjunto del sector agrario, donde existen unas 929.000 plantaciones según el último censo agrario, hay en España más de 100.000 mujeres, hijas o familiares en diferente rango del titular. Sin embargo, solo el 28,7% de ellas son titulares de la explotación, mientras los hombres suman el 71,25%.
Frente a la situación actual donde la fémina no figura como dueña de la explotación, con la entrada en vigor de esta ley se abren tres posibilidades. Una primera es que se pueda establecer una titularidad compartida, que los dos sean responsables de la tierra. Otra es que se puede constituir una sociedad de responsabilidad limitada para inscribir la misma en el registro de Titularidad Compartida que se debe formar en cada una de las comunidades autónomas o la creación de una unidad económica sin personalidad jurídica. En cualquier caso, con una u otra vía, se reconoce el trabajo y el papel de la fémina en la parcela agraria, con todo lo que ello conlleva.
A partir de esos cambios en la normativa, la mujer pasa a tener la capacidad legal para llevar a cabo todo tipo de actuaciones ante los organismos de la Administración en todo lo que afecte a la explotación. Pasa a ser cotitular al 50% de todo lo referido a las solicitudes de ayudas, cuotas de producción, primas o derechos de pagos, donde hasta la fecha solamente figuraba el titular de la plantación.
Con la nueva disposición se reconoce el derecho de ellas en el desarrollo y el valor que tenga la propiedad. Ello supone que, en el caso de separación del matrimonio o ruptura de una pareja de hecho, la mujer tendrá derecho a percibir una indemnización por el trabajo desarrollado en la misma.
Desde la Administración se impulsa en la misma línea una mayor presencia de las féminas en los órganos de representatividad de las diferentes estructuras y organizaciones ligadas al sector agrario, como son los casos de las cooperativas, las sociedades agrarias de transformación, los organismos interprofesionales, etc. Para la constitución de una sociedad de titularidad compartida en una explotación no es necesario que los dos sean profesional de la actividad agraria, basta que lo sea uno de ellos. Este tipo de tierras de titularidad compartida serán preferentes a la hora de recibir beneficios de las diferentes administraciones o para participar en programas de formación.
Finalmente, un punto igualmente importante es la nueva posibilidad que se abre a la cotitular de los cultivos para su ingreso en la Seguridad Social. La recién estrenada ley contempla la posibilidad de que se pueda dar de alta una cotitular de la explotación con el límite de edad de los 50 años. En estos casos, durante los próximos cinco años se aplicará a su cuota una bonificación del 30% desde la Administración central, porcentaje que se puede mejorar con fondos de las comunidades autónomas.
En definitiva, con esta normativa se viene a poner fin a una situación de discriminación histórica en el medio rural donde, en la mayor parte de los casos, el trabajo de la mujer en la explotación agraria se entendía como una especie de ayuda familiar, pero sin que la misma generara ningún derecho interno ni capacidad alguna para actuar en nombre de la misma ante los diferentes organismos de la Administración.
