El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en la ciudad francesa de Estrasburgo, decidió no admitir a trámite el recurso de la defensa de José Bretón, condenado a 40 años de prisión por el asesinato de sus dos hijos, Ruth y José, en octubre de 2011 en la capital cordobesa, por las supuestas infracciones en el proceso.
Según informan desde el despacho de la abogada Bárbara Royo, el tribunal europeo no argumentó “ningún motivo” para fundamentar su decisión de no admitir a trámite el recurso, de manera que lamentan que no puedan quejarse ante la contestación que ofrece el órgano judicial.
Además, desde el despacho comentaron que no tienen previsto formalizar ningún recurso más sobre la sentencia que condenó a Bretón, tras presentar el recurso en cuestión en el mes de abril de este año, después de que el Tribunal Constitucional (TC) español decidió no admitir su recurso de amparo, tras la sentencia del Tribunal Supremo (TS) de julio de 2014 que confirmó la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Córdoba, que también ratificó el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
En concreto, en el recurso se denunciaban “las infracciones” referidas a “la vulneración del proceso equitativo por infracción del juez imparcial, de la presunción de inocencia y de la inviolabilidad del domicilio”. Igualmente, se solicitaba que “se condene a España por la vulneración sistemática y automática por parte del Tribunal Constitucional del derecho de todos los españoles ‘de a pie, ajenos a la política y a la corrupción’ a recurrir en amparo”.
Cabe recordar que el Tribunal Constitucional decidió no admitir a trámite el recurso de Bretón y que no entró a resolver. La defensa lo presentó por “la vulneración del derecho fundamental a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva sin indefensión, a un proceso con todas las garantías, al juez imparcial y a la legalidad penal”.
Mientras tanto, José Bretón se encuentra interno en el Centro Penitenciario de Villena (Alicante), a la espera de resolverse una petición de traslado a la cárcel de Córdoba, por cercanía penitenciaria, y permanecerá en prisión 25 años como límite máximo de cumplimiento de condena, tras fijarlo la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba.
