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El Supremo no ve delito en las citas de López e Ibarretxe con Batasuna

por Redacción
14 de enero de 2010
en Nacional
Juan José Ibarretxe y Patxi López mostraron sus diferencias durante el juicio por las reuniones con dirigentes de Batasuna en 2006. / Efe

Juan José Ibarretxe y Patxi López mostraron sus diferencias durante el juicio por las reuniones con dirigentes de Batasuna en 2006. / Efe

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La Justicia concluye que es perfectamente lícito reunirse con un partido ilegalizado, aunque éste forme parte del entramado de una red terrorista. Así lo entiende el Supremo, que ha confirmado el archivo de la causa por las reuniones del lehendakari Patxi López, su antecesor, Juan José Ibarretxe; y el consejero de Interior, Rodolfo Ares, con dirigentes de Batasuna en 2006 al no considerar que sean constitutivas de delito.

La decisión fue tomada ayer por unanimidad por los cinco magistrados de la sala de lo penal del TS que han estudiado a puerta cerrada el recurso del Foro de Ermua y Dignidad y Justicia contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) de archivar ahora hace un año dicho caso por falta de acusación legítima.

A pesar de todo, la sala estima los planteamientos de ambas acusaciones populares al considerar que sí que están legitimadas para solicitar la apertura de juicio oral contra los ocho. Aplica así la denominada doctrina Atutxa, pero al entrar en el fondo del asunto los jueces acuerdan no tramitar la causa por no ser los hechos constitutivos de delito, por lo que no tendrán que ser juzgados.

Fuentes del tribunal explicaron que uno de los cinco togados que han deliberado sobre este asunto (el presidente de la sala de lo penal, Juan Saavedra, y Andrés Martínez Arrieta, Julián Sánchez Melgar, José Manuel Maza y Alberto Jorge Barreiro) anunció la formulación de un voto particular discrepante en relación con el primero de estos pronunciamientos.

El 12 de enero de 2009 el TSJPV decidió el sobreseimiento de la denuncia contra López, Ibarretxe, Ares y los representantes de la izquierda abertzale Arnaldo Otegi, Rufino Etxeberria, Pernando Barrena, Juan José Petrikorena y Olatz Dañobeitia por falta de acusación legítima.

Esta decisión contó con el voto en contra del presidente del Tribunal Superior, el magistrado Manuel Rábago, quien consideró que la acusación ejercida por el Foro de Ermua y Dignidad y Justicia era suficiente.

El juzgado vasco optó por aplicar la llamada doctrina Botín del Supremo -gracias a la cual se archivó el caso de las cesiones de crédito que afectó al presidente del Banco Santander-, que estableció que en las causas que se tramitan como procedimiento abreviado no se puede abrir juicio oral si es solo la acusación popular la que lo pide.

El Foro de Ermua y Dignidad y Justicia recurrieron la decisión del TSJPV al ver que era contraria a la «doctrina más moderna» del TS en la sentencia del caso Atutxa, que condenó al ex presidente del parlamento vasco Juan María Atutxa por no disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak (SA).

En este caso el Supremo matizó y concluyó que, cuando no es posible que actúe la acusación particular porque el delito carece de perjudicado concreto, la popular puede instar por sí sola el desarrollo del proceso.

El alto tribunal ha decidido seguir en el caso de López e Ibarretxe la citada doctrina, pero archiva definitivamente la causa al no ver delito en las reuniones con la ilegalizada Batasuna durante el alto el fuego de ETA en 2006.

El ponente de la sentencia, de la que solo se ha adelantado el fallo, es el magistrado Andrés Martínez Arrieta.

Sobre los encuentros con el partido ilegalizado ya se pronunció en 2006 el TS, que rechazó una querella del sindicato ultraderechista Manos Limpias contra el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, y varios dirigentes del PSE-EE por la reunión que varios de ellos mantuvieron con Otegi, al estimar que los contactos no pueden ser perseguidos penalmente si no hay una «orden expresa» que prohíba estas citas.

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