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El Supremo no descontará a etarras las condenas cumplidas en Francia

por Redacción
14 de enero de 2015
El histórico etarra Kepa Pikabea Ugalde en el momento de su detención por la policía en el año 1994. / Europa press

El histórico etarra Kepa Pikabea Ugalde en el momento de su detención por la policía en el año 1994. / Europa press

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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo fijó como criterio general que las condenas cumplidas en Francia o en cualquier otro país de la Unión Europea no deben ser restadas a las impuestas en España, lo que impedirá rebajar a los cerca de 80 presos etarras los años pasados en las cárceles francesas.

El Pleno, por nueve votos frente a seis, desestimó el recurso del histórico miembro de ETA Kepa Pikabea Ugalde contra la negativa de la Audiencia Nacional a descontarle una condena de 10 años cumplida en Francia. Los seis magistrados que quedaron en minoría presentarán un voto particular, según informaron fuentes del alto tribunal.

Este acuerdo obligará probablemente a revisar la situación de más de medio centenar de presos etarras y, en particular, las excarcelaciones y reducciones de condenas que fueron acordadas por la Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional contra los cuatro históricos etarras Francisco Múgica Garmendia, ‘Pakito’; Santiago Arrospide Sarasola, ‘Santi Potros’; Rafael Caride Simón y Alberto Plazaola Anduaga. ‘Santi Potros’ y Plazaola quedaron en libertad el pasado 4 de diciembre.

Por su parte, la Sección Segunda de la Audiencia Nacional rechazó la petición del disidente etarra Iñaki Bilbao y no le restó los años pasados en las cárceles galas. De hecho, el ministro de Justicia, Rafael Catalá, confía en que el Supremo aclare definitivamente esta cuestión tras las “sorprendentes” excarcelaciones de la Audiencia.

Recurso

De todos modos, Pikabea tiene la oportunidad de recurrir la decisión del Supremo ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo. Algunos magistrados de este pleno dividido eran partidarios de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con sede en Luxemburgo, esclarezca las dudas sobre la aplicación del derecho comunitario en España.

El Supremo tiene por delante la resolución de los recursos de la Fiscalía contra las reducciones de condena de los otros cuatro presos históricos y previsiblemente aplicará el criterio sentado este mismo miércoles. Su acuerdo afectará a la situación de todos aquellos que han cumplido penas en el país vecino antes de la entrada en vigor de la ley española que traspone la normativa europea traspone la normativa europea.

Otros casos

Precisamente el pasado jueves la Fiscalía del Tribunal Supremo recurrió la decisión de la Audiencia Nacional de acumular las condenas cumplidas en Francia de los miembros de ETA Alberto Plazaola, Santiago Arrospide alias Santi Potros, Rafael Caride Simón y Francisco Múgica Garmendia, ‘Pakito’, al entender que la medida es “errónea” y que “no existe base legal para pretender que una pena impuesta en otro país miembro de la UE pueda ser valorada en España a efectos de acumulación o refundición de las condenas”.

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