El Tribunal Supremo decidió suspender la tramitación de un recurso sobre cláusulas suelo a la espera de conocer el pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre su retroactividad, una decisión que está previsto que se haga pública el próximo 26 de abril. En un auto, el alto tribunal estudia el caso de dos personas que solicitaron la suspensión de la resolución de un recurso presentado por Unicaja en octubre de 2015 esperando a conocer la postura del TJUE sobre la retroactividad de las cláusulas suelo.
La Sala recordó que el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Granada planteó el 1 de abril de 2015 una cuestión prejudicial ante el TJUE en la que, a grandes rasgos, preguntaba si en el caso de que se declarase la nulidad de las cláusulas suelo los efectos que hubiera producido durante su vigencia quedarían “invalidados o ineficaces”. “¿Es posible moderar (por los tribunales) la devolución de las cantidades que haya pagado el consumidor —a que esté obligado el profesional— en aplicación de la cláusula, posteriormente declarada nula desde el origen, por defecto de información o transparencia?”, se preguntó el Juzgado.
Con esta base, el alto tribunal decidió suspender el recurso hasta que el TJUE dicte sentencia y advirtió de que la resolución que pudiera tomar el Supremo no tendría posibilidad de ser recurrida y carecería de sentido plantear la cuestión, puesto que no añadiría “nada a la resolución de la cuestión por el TJUE y supondría una mayor dilación en la resolución de este recurso”. Finalmente, apuntó que la suspensión de este proceso “no se prevé extensa”, por lo que no se causó un “prejuicio relevante” a las partes implicadas.
En este sentido, el Tribunal de Justicia de la UE (TUE) celebrará el próximo 26 de abril una vista oral sobre los tres asuntos prejudiciales acumulados en relación a la retroactividad de las cláusulas suelo en España, en la que serán escuchadas todas las partes involucradas. En el mejor de los casos, la sentencia formal llegaría entre cinco y seis meses después. Tras esta vista, el abogado general que se designe para el caso comenzará su trabajo de cara a presentar unas conclusiones. Este proceso podría tardar entre tres y cuatro meses, dependiendo, entre otros factores, de la complejidad jurídica del asunto.
La sentencia final suele dictarse entre dos y cuatro meses después de que el abogado general haya presentado sus conclusiones. No hay una fecha prevista concreta para la publicación de la sentencia. En total, el proceso suele durar entre un año y un año y medio desde que se presenta el recurso o la cuestión prejudicial. En este caso, son tres los asuntos prejudiciales acumulados sobre la irretroactividad de las cláusulas suelo, que fueron presentados entre abril y junio de 2015.
El TUE ya se ha pronunciado en otras ocasiones sobre las cláusulas suelo. La última también ayer, al declarar ilegal la normativa española que obliga a un juez a suspender automáticamente una acción individual de un consumidor para declarar el carácter abusivo de una cláusula suelo a la espera de una sentencia en relación a una acción colectiva ejercitada por una asociación de consumidores.
