El Tribunal Supremo ha absuelto a un ciudadano colombiano que había sido condenado por la Audiencia Nacional a la pena de diez años y seis meses de prisión en relación con un delito de tráfico de drogas, por colaborar en el transporte de un cargamento de cocaína en avioneta hasta el aeródromo segoviano de Fuentemilanos.
Los hechos tuvieron lugar en diciembre de de 2005, cuando la Policía Nacional consiguió interceptar más de cien kilos de cocaína (que en el mercado ilegal podría alcanzar un valor superior a los 13,7 millones de euros) en una avioneta que había aterrizado en el citado aeródromo procedente de Guinea Bissau.
Así mismo, fueron detenidos siete ciudadanos colombianos y dos alemanes acusados de tráfico de drogas, tanto en el aeródromo como en el Parador de Turismo y el camping de Segovia.
La Sala de lo Penal (Sección Primera) de la Audiencia Nacional condenó en 2008 a seis de los detenidos a diez años de prisión, a otro a diez años y seis meses (por reincidente) y absolvió a dos por falta de pruebas.
Precisamente tres de ellos presentaron recurso de casación ante el Alto Tribunal y uno de ellos ha sido absuelto recientemente “por no concurrir prueba de cargo enervadora del derecho a la presunción de inocencia”.
En sus fundamentos de derecho, el Supremo admite el recurso presentado por la defensa del ciudadano colombiano finalmente absuelto porque de las escuchas telefónicas realizadas por la Policía y las declaraciones del resto de acusados en el juicio oral no aclaran de forma suficiente su participación en los hechos que fueron juzgados por la Audiencia Nacional.
La Fiscalía sostuvo en sus conclusiones que este sujeto constituía el punto de contacto entre los integrantes de la banda colombiana de narcotraficantes, de manera que recibía información puntual del desarrollo de la operación de transporte de cocaína desde que fue planeada, a través de distintos contactos telefónicos y también en reuniones concertadas.