La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo abrió causa a la diputada de Podemos y juez en excedencia Victoria Rosell por los delitos de cohecho, prevaricación y retardo malicioso en la administración de justicia al admitir parte de la querella interpuesta contra ella por el exministro de Industria José Manuel Soria por irregulares en su forma de instruir el procedimiento abierto en las Palmas de Gran Canaria contra un empresario. Rosell forma parte de la Diputación Permanente del Congreso, como vocal suplente de la misma, con lo que conservará su aforamiento ante el alto tribunal incluso si se disuelven las Cortes el próximo 2 de mayo.
Fuentes del alto tribunal señalaron que no se admitirá la querella en relación con otros dos delitos por los que acusaba inicialmente Soria, que eran los de injurias y calumnias. El instructor de la causa será el magistrado Juan Ramón Berdugo. La decisión se adopta en contra del criterio de la Fiscalía y apenas unos días después de que se recibiera un demoledor informe contra la diputada de Podemos por parte del juez que la sustituye en el Juzgado de instrucción número 8 de Las Palmas, Salvador Alba, quien ve graves irregularidades en la forma en la que investigó una causa contra el presidente de la UD Las Palmas Miguel Ángel Ramírez, con el que su pareja, el periodista Carlos Sosa, negociaba la compra de una emisora de radio por cerca de 300.000 euros.
En dicho informe, el juez Alba dio cuenta del retraso “evidente e inexplicable” sufrido por una investigación que ésta inició contra Ramírez, a pesar de contar con juez de apoyo en esos momentos. El escrito respondía una petición que le realizó el Supremo para que informara sobre las “vicisitudes e incidencias que hayan podido afectar a la duración del proceso” contra Ramírez. En dicho informe, el sustituto de Rosell concluye que “NO —las mayúsculas son del propio juez— ha habido ninguna incidencia que explique la falta de impulso procesal, de práctica de diligencias de instrucción durante más de un año, y si se ha de destacar alguna incidencia es la de la existencia de dos jueces de instrucción durante la tramitación de gran parte de este procedimiento lo que hace difícilmente explicable su duración”.
La Fiscalía informó en contra de admitir la querella inicial de Soria, que lo era únicamente por injurias y calumnias durante la última campaña electoral, por enmarcarse la conducta de Rosell en la contienda electoral. Posteriormente el exministro amplió esta querella por prevaricación, cohecho y retardo malicioso en la instrucción del asunto contra Ramírez, si bien a juicio del Ministerio Público Soria carecía de legimitación para querellarse contra la actual diputada por estos determinados hechos.
El auto dado a conocer este martes por el alto tribunal, cuyo ponente es el presidente de su Sala de lo Penal, Manuel Marchena, obvia el criterio del Ministerio Público y admite a trámite la querella contra la diputada Rosell por delitos de retardo malicioso en la administración de justicia (art 449 CP) prevaricación (art 446.3) y cohecho (art. 419). La Sala inadmitió los otros dos delitos de injurias y calumnias que figuraban en la querella al valorar que la expresiones vertidas por Rosell contra Soria venían amparadas por la libertad de expresión que prevalece sobre el honor, en especial cuando los afectados son titulares públicos. Una vez que los magistrados recabaron la documentación necesaria explicaron que se tendrán que practicar las diligencias necesarias.
