El Procurador del Común, Javier Amoedo, solicitó a la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León mayor agilidad en la concesión de viviendas sociales a familias, con menores a su cargo, en claro riesgo de exclusión. Además, se insta a que, al menos, el 30% de las viviendas de protección pública de titularidad autonómica desocupadas integren el parque público de alquiler social.
La resolución se dictó tras la presentación de una queja por parte una familia que fue puesta en la calle junto con sus tres hijos y que después de ser desalojados de una vivienda ocupada de forma ilegal no contó con alternativa alguna
Dicho desahucio fue ordenado judicialmente, a instancia del Servicio Territorial de Fomento, dos días después de la presentación de la queja y, a la vista de este mandato judicial, la familia de los menores se vio obligada a abandonar la vivienda sin una alternativa pocos días más tarde.
Tras conocer el informe de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, desde el Procurador del Común, se observó que la actuación llevada a cabo por el Servicio Territorial no había sido correcta, puesto que ante la ocupación de una vivienda de titularidad pública se había procedido a instar el desalojo de la misma, sin considerar la situación de vulnerabilidad de las personas afectadas (particularmente, teniendo en cuenta la presencia de tres menores de edad) y sin adoptar medidas dirigidas a garantizar un alojamiento alternativo y la asistencia social correspondiente.
De esta forma, se considera que se causó una situación de grave riesgo para la familia afectada, y no se tuvo en cuenta lo exigido por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, órgano que, en atención a la protección internacional del derecho a la vivienda, ha paralizado en varias ocasiones desalojos de viviendas ocupadas ilegalmente hasta conocer las medidas relacionadas con el alojamiento y asistencia social adoptadas por las autoridades internas.
Por este motivo, se recomendó a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente que dé instrucciones a todos los Servicios Territoriales para evitar situaciones como la descrita, poniendo de manifiesto que, en el caso de que se conozcan otras ocupaciones ilegales de viviendas públicas vacías por familias en situación de exclusión social, se pondere adecuadamente el derecho a la vivienda de los ocupantes, singularmente si hay menores de edad, ofreciendo a estos, con carácter previo a instar el desalojo de la vivienda, soluciones residenciales alternativas y la atención social necesaria.
