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El Juzgado anula la venta de las viviendas del complejo Segovia 21

por Redacción
13 de octubre de 2016
en Segovia
Las viviendas volverán a estar en venta

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El Juzgado de Instrucción número 5 de Segovia anula en sus principios básicos, la compra de las viviendas de Segovia 21, cuyos dueños se echaron atrás tras un primer compromiso de compra.

En una sentencia reciente, el juez desestima la demanda formulada por la sociedad Segovia 21 contra los compradores que rechazaron la venta. Los principales argumentos de la sentencia se basan en defectos en los servicios básicos que debe tener una vivienda, a pesar de que el Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma, entregara la licencia de primera ocupación.

El pasado mes de febrero, los compradores de las viviendas del complejo Segovia 21 —que habían sido demandados por no hacer frente a su compromiso de adquisición de la vivienda— defendieron su derecho a rescindir los contratos.

La nueva sentencia, ante la cabe recurso, sostiene que lo esencial “en la obligación de la vendedora, de cara a los compradores, es que sus viviendas sean perfectamente habitables y estén dotadas de todos los servicios que les son propios y necesarios para su uso y disfrute conforme al proyecto para el que se pidió licencia municipal de obras, y que reúnan las condiciones idóneas de seguridad y salubridad”. El suministro de agua potable y la depuración de aguas residuales del edificio de viviendas promovido por Segovia 21 “parece que no se ajusta a la normativa urbanística de aplicación ni cuenta con las autorizaciones necesarias”, por parte de la CHD, según el juez. Al parecer, el abastecimiento de agua se realizó sin la modificación del planeamiento.

Por ello, el juez llega a la conclusión de que no puede considerarse que los vendedores (Segovia 21) puedan cumplir su obligación de entrega pues “incluso en que se tratara de un defecto legalizable, la entrega en condiciones de cumplimiento íntegro de la normativa urbanística implicaría un retraso indefinido en la entrega al que no pueden ser compelidos los compradores, de ahí que no sea posible exigir a éstos el cumplimiento del contrato como se pide en la demanda, y por eso debe ser desestimada frente a todos ellos”.

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Edición digital del periódico decano de la prensa de Segovia, fundado en 1901 por Rufino Cano de Rueda

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