El juez instructor del caso Nóos, José Castro, desestimó ayer el recurso de la Infanta Cristina contra la petición de sus últimas declaraciones de la renta, solicitud que el magistrado cursó a Hacienda a petición del sindicato Manos Limpias, personado como acusación popular en este proceso. De esta forma, el magistrado insiste en seguir investigando los datos tributario de los Duques de Palma ya que, según explicó en su auto, las declaraciones solicitadas son de «muy equívoca reserva» y, en función de su contenido, «los datos que unos ocultarían celosamente» por mucho que «no se recataran en la ostentación de sus signos», a otros «no les importaría en absoluto que se hicieran del dominio público sin merma alguna de su intimidad».
En una resolución especialmente dura, el instructor del caso Nóos apela a la necesidad de saber si la protección constitucional del derecho a la intimidad «es uniforme para toda la ciudadanía o, por el contrario, automodaticia al contenido que singularmente uno quiera darle».
En esta misma línea, el magistrado afirma que la petición de las 10 últimas tributaciones del IRPF de la Infanta Cristina e Iñaki Urdangarín no está exenta de motivación, de modo que «ninguna indefensión se les ha podido causar». El juez desestima así los recursos de reforma que ambos habían interpuesto contra la solicitud de los documentos fiscales.
En la resolución, de 10 páginas, el instructor asevera, asimismo, que «la crítica a la falta de motivación» alegada por los Duques de Palma respecto a la petición de sus declaraciones «no se acoge», ya que esta solicitud «adoptó la forma de auto, se hacía eco de la previa solicitud formulada por el sindicato Manos Limpias, justificaba la competencia de este Juzgado para su adopción y estimaba procedente la diligencia a los fines pretendidos».
Además, el instructor de la causa niega que se haya producido «conculcación» alguna del derecho a la intimidad, al alegar que la petición de las tributaciones de Doña Cristina e Iñaki Urdangarín se ha llevado a cabo en el marco del «obligado ejercicio de la función de un Juzgado de Instrucción», y más cuando esta diligencia, «responde a la finalidad de investigar hechos en los que resulta obvia su trascendencia».
Cabe recordar que, en el caso de las declaraciones de Urdangarín, ya incorporadas a la causa, revelan cómo el expresidente del Instituto Nóos multiplicó sus ingresos de 30.783 a 571.844 euros entre los años 2002 y 2009, mientras que a la hora de hacer la declaración de la renta de cada uno de esos 10 años le salió a pagar poco más de 100.000 euros.
Por otro lado, el fiscal anticorrupción Pedro Horrach solicitó al juez Castro que oficie a la Agencia Tributaria (AEAT) a efectos de que determine mediante un nuevo informe si la Infanta Cristina incurrió o no en un presunto fraude fiscal.
El representante del Ministerio Público pide, para dar «estricto cumplimiento» a lo dispuesto por la Audiencia Provincial en el auto por el que dejó las puertas abiertas al posible encausamiento de la Infanta por delitos fiscales y de blanqueo de capitales, que una vez emitido el informe pericial se le dé traslado del mismo para valorar las consecuencias penales que pudieran derivarse de su contenido.
