La Audiencia Provincial de León absolvió a la agente de Policía Municipal Raquel Gago del delito de asesinato de la que fuera presidenta de la Diputación provincial, Isabel Carrasco, lo que contrasta con el veredicto del jurado popular, que determinaba que la agente era también culpable del mismo. La defensa de Montserrat y Triana anunció que recurrirá la sentencia.
Por otro lado, la sentencia que dio a conocer ayer el magistrado presidente del tribunal del jurado de la Audiencia de León condena por el asesinato de la dirigente popular a Montserrat González y Montserrat Triana Martínez, madre e hija. A la primera le impone las penas de 19 años de prisión como autora de un delito de asesinato más otros tres años por delito agravado de tenencia ilícita de armas.
Para Triana, se establecen penas de 17 años y seis meses como cooperadora necesaria en el delito de asesinato, así como otros dos años y medio por delito agravado de tenencia ilícita de armas, lo que suma un total de 20 años de cárcel.
En el caso de madre e hija, la sentencia las considera autora y cooperadora necesaria, respectivamente, de un delito de asesinato, ya que concurre la circunstancia de alevosía, de especial gravedad, en concurso ideal con un delito de atentado, cometidos en la persona de Isabel Carrasco el 12 de mayo de 2014.
Para Montserrat González se incluye la circunstancia agravante de disfraz, mientras que para madre e hija se recoge la atenuante de reparación parcial del daño. A ambas se les impone la prohibición de aproximarse, durante 25 años, a cualquier lugar en que se encuentren la huérfana y el compañero sentimental de la víctima, y de comunicarse con ellos.
En cuanto a la agente de la Policía Municipal Raquel Gago, el tribunal dictaminó su absolución del delito de asesinato y sólo estima un delito de encubrimiento, sin la concurrencia de circunstancias, por lo que impone una pena de tres años de prisión —el grado máximo posible—, a lo que se suman otros dos años como autora de delito agravado de tenencia ilícita de armas.
La sentencia discrepa así del pronunciamiento del veredicto emitido por el jurado popular formado para el juicio, que determinó, por siete votos de sus nueve miembros, que la agente municipal era culpable del asesinato de Isabel Carrasco.
El Ministerio Fiscal, en coincidencia con las acusaciones, solicitó para Montserrat González, autora confesa del crimen, 19 años de prisión por el delito de asesinato en concurso con atentado y tres años más por tenencia ilícita de armas. Lo mismo que para su hija Triana Martínez. Pidió para ambas la prohibición de acercarse a la pareja e hija de la víctima durante 25 años.
Para Raquel Gago se formuló finalmente petición de 12 años de prisión por dicho delito, además de los tres por tenencia ilícita de armas, que en la sentencia quedó reducida a dos. No obstante, Fiscalía recogía un supuesto de acusación de delito de encubrimiento para el que pedía tres años de prisión, que fue al que se ajustó la sentencia. En este caso, también habría que sumar los tres años de prisión por tenencia ilícita de armas, que quedan reducidos a dos.
Sobre la situación de las acusadas, el juez denegó las peticiones de libertad provisional solicitada para madre e hija, que continuarán en prisión provisional comunicada y sin fianza. En cuanto a Raquel Gago, recuerda que, pese a la solicitud de las acusaciones de su ingreso en prisión, se mantiene en libertad provisional tras acordarse el incremento de la fianza el 26 de febrero.
En pieza separada aparte, se acordó sancionar disciplinariamente al letrado de Gago por su incomparecencia en la sesión del día 27 de enero, que motivó la suspensión del juicio, con una multa de 1.000 euros.
La Fiscalía y las acusaciones particulares recurrirán la sentencia
La Fiscalía y las acusaciones particulares anunciaron ayer que recurrirán “en bloque” la sentencia emitida por la Audiencia Provincial de León y que considera a la policía local Raquel Gago no culpable del delito de asesinato en concurso con atentado a la autoridad y sólo la condena por encubrimiento y tenencia ilícita de armas, por lo que le impone finalmente una pena de cinco años de prisión.
Así lo aseguró la abogada de la hija de la víctima, Beatriz Llamas, quien aseguró estar “sorprendida con la sentencia” porque “no es acorde al veredicto del jurado. Evidentemente la respeto, pero no la comparto”, explicó en declaraciones a los medios de comunicación en las inmediaciones de la Audiencia Provincial de León.
Por otro lado, Llamas precisó que tanto ella, que representa a la hija de Isabel Carrasco, como las acusaciones que representan a la pareja del víctima y al PP de León, y el Ministerio Fiscal recurrirán la sentencia en el plazo de 10 días que marca la ley. “Como hicimos ya con la libertad de Raquel vamos a ir todos en bloque”, agregó la letrada.
La abogada insistió en que el objeto del veredicto elaborado por el jurado popular consideraba probado que Raquel Gago era autora de un delito de cómplice de asesinato y no de encubrimiento, como recoge finalmente la sentencia, y que “hay que respetar el veredicto del jurado”.
En cuanto al fallo en el objeto del veredicto que según señala el magistrado presidente en la propia sentencia existió y fue culpa suya, Llamas aseguró que debía de haberse “detectado antes de entregárselo al jurado”.
