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El juego de las ‘chapas’ se podrá jugar en ocho establecimientos

por Redacción
16 de abril de 2014
El juego de apuestas sólamente puede disputarse durante los días de Semana Santa. / Ical

El juego de apuestas sólamente puede disputarse durante los días de Semana Santa. / Ical

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La Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León ha autorizado a ocho establecimientos de la provincia la celebración de corros de apuestas para el juego de las chapas durante la Semana Santa de este año. Los locales que han recibido autorización de la administración regional para celebrar este juego se encuentran en Cuéllar, Carbonero el Mayor, Riaza , Sacramenia, Navalmanzano y Ayllón (ver cuadro adjunto).

En una nota de prensa, la Delegación Territorial explica que la Junta de Castilla y León es el único gobierno autonómico que regula la concesión de las autorizaciones y las condiciones para la organización del juego de las chapas mediante el Decreto 9/2002, de 17 de enero, con el fin de garantizar la transparencia en su desarrollo. Su práctica tan sólo está autorizada durante jueves, viernes y sábado de Semana Santa, así como durante la celebración de las fiestas patronales en las localidades donde este juego se practique de forma tradicional. El decreto obliga a que necesariamente el objeto jugado sea «una cantidad líquida y cierta de dinero», excluyéndose así animales, bienes muebles o inmuebles o su correspondiente valor económico.

El juego de las chapas consiste en que un jugador apuesta de forma voluntaria contra los demás jugadores presentes en el corro a que dos monedas -denominadas perras- queden en posición «de caras o de lises», una vez que el apostante las lanza al aire.

Se puede practicar al aire libre o en un local cerrado. En el primero de los casos, no se podrá obstaculizar el tránsito de personas o vehículos, sin perjuicio de contar con las autorizaciones municipales precisas por ocupación de la vía pública. Además, no se podrá formar un corro para el juego de las chapas a menos de 100 metros de un centro educativo. La práctica del juego al aire libre sólo podrá realizarse durante las horas de luz natural.

En el segundo caso, el juego en un local, este deberá ser un establecimiento autorizado como de pública concurrencia y la sala deberá tener de ancho y de largo, como mínimo, el doble del diámetro del círculo trazado para su desarrollo. Podrán hacerse varios corros en un mismo local, siempre que cada corro se forme en una sala distinta y sólo durante las horas de apertura que permita la actividad.

Legislación

El Decreto 9/2002, de 17 de enero, indica que la adquisición de la condición de empresa de Juego de Castilla y León del gestor o baratero y, en su caso, del organizador -así como de su correspondiente inscripción en el registro de Juegos y Apuestas de Castilla y León, durante todos o alguno de los días en que está permitida su práctica- tendrá carácter temporal y estará implícita con la expedición de la correspondiente autorización administrativa. La organización, la gestión y el desarrollo del juego de las chapas requiere la previa autorización administrativa de la Junta de Castilla y León en cada provincia.

La solicitud debe estar firmada por el organizador y por el baratero o solo por este último, según el lugar en que se pretenda realizar el juego, y debe acompañarse del justificante de abono de una tasa administrativa de 31,73 euros.

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