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El Gobierno del PNV se extralimitó al dar ayudas a las familias de etarras

por Redacción
2 de enero de 2010
en Nacional
El ex ‘lehendakari’ Juan José Ibarretxe. / EFE

El ex ‘lehendakari’ Juan José Ibarretxe. / EFE

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Juan José Ibarretxe se extralimitó en sus cuidados al entorno de ETA. El Supremo ha confirmado la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) en 2005 que anuló la Orden del Departamento de Justicia del Gobierno peneuvista que convocaba ayudas destinadas a subvencionar desplazamientos para visitar a presos fuera de Euskadi. En este sentido, el PNV aseguró ayer que respeta el fallo, aunque aclaró que las subvenciones se daban como ayuda social y no por ser allegados de prisioneros.

El alto tribunal establece que las aportaciones conculcan el principio de territorialidad del Estatuto y condena a la Administración autonómica a pagar 5.000 euros para hacer frente a las costas del litigio.

En coincidencia con lo dicho en su día por el TSJPV, el Supremo recuerda que si bien el Ejecutivo vasco ostenta la competencia en materia penitenciaria, según se señala en los artículos 10.14 y 12.1 del Estatuto, «su ejercicio se halla condicionado por el necesario Decreto de transferencias previo acuerdo de la Comisión Mixta correspondiente, lo que no se ha producido, y por la territorialidad en el ejercicio de sus competencias».

En su recurso, la Administración regional esgrimió como título habilitante el de la asistencia social e invocó asimismo la autonomía financiera y la consiguiente capacidad de gasto que ostenta para encuadrar la Orden recurrida «en el ámbito de la actividad de fomento».

A este respecto, la resolución del Supremo, cuyo ponente ha sido el magistrado Jesús Ernesto Peces Morate, recuerda que «desde la perspectiva de la asistencia social penitenciaria, dicho programa habría de quedar referido a los internos de los centros penitenciarios del País Vasco, pues la territorialidad es un límite intrínseco al ejercicio de la competencia.

Al promulgar esta Orden de ayudas, aprobada en 2003, «la Administración Autónoma ha incurrido en un exceso en el ejercicio de sus competencias por tener como objeto la asistencia social penitenciaria en centros situados fuera de su territorio», razón por la que el recurso de casación interpuesto en su día por el Gabinete del lehendakari Ibarretxe «no puede prosperar», según el alto tribunal.

Las ayudas para sufragar viajes a familiares de presos fueron concedidas por última vez en marzo de este año, poco antes del cambio de Gobierno en el País Vasco, con un coste de 225.081 euros. Fueron concebidas como una «asistencia social» destinada cubrir los desplazamientos de personas que contaran con una renta inferior al triple del salario mínimo interprofesional.

PRIMERAS REACCIONES

Tras conocer el fallo, el presidente del PNV, Íñigo Urkullu, dijo respetarlo, si bien aclaró que las ayudas promovidas por el Ejecutivo de Ibarretxe se otorgaban como «ayuda social» y no por el hecho de que los perceptores fueran familiares de los reclusos.

En declaraciones realizadas en la localidad vizcaína de Durango, Urkullu recordó que su formación siempre ha abogado por la concesión de subvenciones a través de las partidas procedentes de Acción Social, «no solo del Gobierno vasco, sino también en los ayuntamientos», para «aquellas familias en los mismos regímenes de necesidad de ayuda social, para todo lo que pudiera ser el traslado».

Por su parte, el portavoz del PP vasco, Leopoldo Barreda, expresó su satisfacción por la decisión del Supremo y considera que el anterior Ejecutivo autónomo cometió un «exceso» en sus competencias al otorgar dinero a las familias de presos de ETA, porque demuestra que no sólo había «razones éticas» para prohibir las subvenciones, sino también «jurídicas».

Barreda afirmó que la resolución judicial ofrece la satisfacción de constatar que «también en los aspectos jurídicos el gabinete peneuvista estaba empecinado en dar una ayudas que formaban parte de su ideario, de su ambigüedad y su equidistancia para con las víctimas del terrorismo». Sin embargo, destacó que lo «fundamental» en este asunto era «la razón ética» e interpretó que «quienes tomaron la decisión fueron los ciudadanos el pasado marzo».

«Fueron los vascos los que, en las urnas, tomaron la decisión de poner fin a esa equidistancia y el Supremo viene a ratificar que también en el terreno jurídico carecía Ibarretxe de argumentos para conceder estas ayudas. Por lo tanto, doble satisfacción», concluyó.

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