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El Gobierno dará la residencia a ‘ilegales’ con hijos españoles

por Redacción
9 de febrero de 2011
en Nacional
Los inmigrantes que sean padres de menores nacidos en España podrán solicitar el permiso de residencia por ‘arraigo familiar’

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El Gobierno otorgará permiso por arraigo a los inmigrantes cuyos hijos tengan la nacionalidad española, según se desprende del borrador del Reglamento que desarrolla la Ley de Extranjería, publicado ayer por la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, ocho meses después de la fecha prevista.

Este requisito forma parte de una nueva figura denominada arraigo familiar, mediante la cual se regularizará la situación de los padres de los menores con pasaporte patrio, «siempre que el niño esté a cargo de y conviva con el progenitor que solicite la autorización». Asimismo, se otorgará este arraigo cuando se trate de hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.

Este documento, de 264 artículos, inicia desde este martes un período de alegaciones y, según indicó la secretaria de Estado de Inmigración, Anna Terrón, el borrador definitivo estará terminado en «aproximadamente dos meses», tras las aportaciones de los interlocutores sociales y el informe del Consejo de Estado.

El Reglamento también concreta las figuras de arraigo laboral y arraigo social. El primero determina que podrán obtener una autorización los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en España durante un tiempo mínimo de dos años, siempre que carezcan de antecedentes penales en España y en su país de origen o en el que hayan residido durante los últimos cinco años, y que demuestren la existencia de relaciones laborales cuya duración no sea inferior a seis meses.

En cuanto a la residencia temporal por razones de arraigo social, el Gobierno establece que se otorgará a los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en España durante un período mínimo de tres años. Además, tendrán que carecer de antecedentes penales en los últimos cinco años y contar con un contrato de trabajo firmado por el empleado y el empresario en el momento de la solicitud para un tiempo que no sea inferior a un año.

El Gobierno también pretende con este borrador elevar la protección a las mujeres extranjeras víctimas de violencia de género. De esta manera, si denuncian y la sentencia es condenatoria para el maltratador, se les otorgará un permiso de residencia y de trabajo durante cinco años, sin perjuicio de la posibilidad de acceder durante este tiempo a la situación de acogimiento de larga duración, previa solicitud.

Además, el Reglamento establece, como novedad, la autorización temporal de vivir en el país a los hijos menores de edad de las extranjeras que sufren maltrato y, en su caso, los mayores de 16 años también contarán con un permiso de trabajo.

«En este país no se expulsa a las víctimas de violencia de género, ni a las víctimas de trata, que quedan protegidas contra la expulsión en los términos en que establece la ley», indicó la secretaria de Estado de Inmigración.

En el caso de mujeres víctimas de trata, el texto establece el período de reflexión de 30 días para decidir si colaboran en la persecución de redes organizadas y la posibilidad de solicitar la residencia y el permiso de trabajo, con una vigencia de hasta cinco años.

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