La Sala de los Penal del Tribunal Supremo ha desestimado el Recurso de Casación por quebrantamiento de forma, infracción de ley y precepto constitucional, dirigido por el penado Juan Manuel Valentín Tejero, que acabó con la vida de la pequeña Olga Sangrador en el verano de 1992 en Villalón de Campos, frente al Auto dictado por la Audiencia Provincial de Valladolid, Sección Segunda, en fecha 24 de febrero de 2012, para que continuara en la cárcel hasta el 11 julio de 2025, en aplicación de la doctrina Parot.
La Sala vallisoletana, que trasladó su decisión a las partes personadas a través de un auto, se pronunció a favor de esta opción y descartó la posibilidad de que saliera de la prisión de Herrera de la Mancha (Ciudad Real) el próximo mes de marzo, tras pasar 20 años entre rejas, así como que su internamiento se extendiera hasta abril de 2031.
La Audiencia Provincial de Valladolid condenó en 1993 a Juan Manuel Valetín Tejero a 50 años de cárcel en 1993, de ellos 30 por el asesinato y 20 por la violación y rapto. El condenado raptó, violó y mató a Olga Sangrador, la niña de Villalón de Campos (Valladolid) en 1992, cuando disfrutaba de un permiso penitenciario de seis días en la prisión de Villanubla, donde cumplía condena por otros delitos de violación.
El letrado de los Sangrador, Luis Antonio Calvo, expresó su satisfacción ante la resolución y, con todo, advirtió de que la familia de la pequeña seguirá «dando guerra» cuando se acerque la fecha del licenciamiento del reo. Calvo confesó el temor ante la posibilidad de que Valentín Tejero pudiera recuperar su libertad en el caso de que el Supremo hubiera tenido en cuenta la anulación de la doctrina Parot adoptada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos para el caso de la etarra Inés del Río. «Aunque se trata de casos distintos, siempre existe ese temor», insistió el letrado, que anunció que la familia de la niña seguirá vigilante en 2025 para que el reo permanezca preso hasta por los menos 2031.
