El Adelantado de Segovia
jueves, 25 diciembre 2025
  • Segovia
  • Provincia de Segovia
  • Deportes
  • Castilla y León
  • Suplementos
  • Sociedad
  • Actualidad
  • EN
El Adelantado de Segovia

El TSJ ratifica las medidas de confinamiento en León y Palencia

por Europa Press
9 de octubre de 2020
Imagen de archivo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. / E.A

Imagen de archivo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. / E.A

Compartir en FacebookCompartir en XCompartir en WhatsApp

Sin indemnizaciones de la Junta para la hostelería por las restricciones del COVID

La presión asistencial baja a niveles prepandemia: la Covid-19 ya no es una gran amenaza en Castilla y León

La residencia ‘El Sotillo’ de Cáritas sufre un brote de Coronavirus

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha ratificado las órdenes de la Junta de Castilla y León respecto a León, Palencia y San Andrés del Rabanedo encaminadas a contener la pandemia de COVID-19 y que incluyen el confinamiento perimetral de estos municipios.

En concreto, la Sala ha ratificado las medidas sanitarias adoptadas para el municipio de León dictadas en ejecución de la Orden del Ministerio de Sanidad de 30 de septiembre de 2020, adoptada previa reunión del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, toda vez que «la declaración de actuaciones coordinadas aprobada por el Ministerio de Sanidad es de obligado cumplimiento por todas las partes incluidas» y «no consta que se haya suspendido la ejecutividad de dicha Orden».

Según ha informado el TSJCyL a través de un comunicado remitido a Europa Press, la Consejería de Sanidad ha adoptado las medidas en el ejercicio de sus competencias en el marco del Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León.

Se trata de un plan aprobado, entre otras normas, al amparo La Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de medidas especiales en materia de salud pública, que establece en su artículo 1 que, al objeto de proteger la salud pública y prevenir su pérdida o deterioro, las autoridades sanitarias de las distintas administraciones públicas «podrán, dentro del ámbito de sus competencias, adoptar las medidas previstas en la propia Ley, cuando así lo exijan razones sanitarias de urgencia o necesidad».

Por otro lado, el Tribunal ha ratificado igualmente las medidas sanitarias de Palencia y San Andrés del Rabanedo porque, aunque no resultaba obligatoria su adopción en ejecución de la Orden Ministerial de 30 de septiembre de 2020 al tratarse de municipios de menos de 100.000 habitantes, la situación epidemiológica y sanitaria «respondía a los otros criterios tenidos en cuenta en la referida Orden» y la decisión de la Consejería «ha quedado justificado con el informe epidemiológico aportado».

Compartir en Facebook122Compartir en X76Compartir en WhatsApp
El Adelantado de Segovia

Edición digital del periódico decano de la prensa de Segovia, fundado en 1901 por Rufino Cano de Rueda

  • Publicidad
  • Política de cookies
  • Política de privacidad
  • KIOSKOyMÁS
  • Guía de empresas

No Result
View All Result
  • Segovia
  • Provincia de Segovia
  • Deportes
  • Castilla y León
  • Suplementos
  • Sociedad
  • Actualidad
  • EN

Edición digital del periódico decano de la prensa de Segovia, fundado en 1901 por Rufino Cano de Rueda