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El establecimiento de un modelo de financiación autonómica asimétrico

por El Adelantado de Segovia
24 de junio de 2024
en Tribuna
FELIX GARCIA DE PABLOS
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Félix García de Pablos

La investidura de Pedro Sánchez tiene un precio elevado. La permanencia en el Palacio de la Moncloa constituye el pago de un precio a plazos y no tan cómodo. Ahora toca asegurar una “tratamiento especial” de la financiación de la Comunidad de Cataluña, claro está, con cargo a las Comunidades Autónomas más desfavorecidas.

Un pretendido pacto fiscal a la carta con una condonación de la deuda de 15.000 millones de euros que tiene la Generalidad con el Estado a través del Fondo de Liquidez Autonómico, todo ello en plena negociación de la investidura de Salvador Illa para liderar el próximo gobierno catalán. Un tratamiento fiscal especial que constituye una reivindicación prioritaria de las fuerzas separatistas, lo que podría abrir a la Hacienda catalana el control total de los impuestos y generar así el cupo catalán, en el marco del acuerdo del Gobierno con Esquerra Republicana de Cataluña.

Una negociación que contraviene nuestro marco constitucional. En efecto, el artículo 156 de la Constitución reconoce la autonomía financiera de las Comunidades Autónomas, pero bajo dos condiciones, la coordinación con la Hacienda estatal y el respeto al principio “de solidaridad entre todos los españoles”. El sistema de financiación de las Comunidades Autónomas aparece regulado en el artículo 157.3 de la propia Constitución Española, y es dentro del marco del Consejo Política Fiscal y Financiera donde debe negociarse la revisión del actual sistema de financiación de las Comunidades Autónomas, sin posibilidad de pactos bilaterales que mermen los intereses del resto.

El Consejo de Política Fiscal y Financiera (CPFF) aprobó en su reunión de 15 de julio de 2009 la reforma del actual sistema de financiación de las Comunidades con el voto favorable de la Comunidad de Cataluña y la abstención de Castilla y León, por lo que no se entiende la actual negociación bilateral sino por razones políticas.

El resultado puede concluir con una nueva reafirmación de la división entre la España rica y la España pobre, que contravendría el indicado principio de solidaridad entre las Comunidades previsto el artículo 2 de nuestra Carta Magna, como se expuso en el pleno de nuestra Comunidad del pasado 13 de junio.

Sin embargo, está vigente el acuerdo de investidura con Esquerra Republicana, que contiene varios anexos, uno de ellos en materia del gasto de la policía autonómica y de las prisiones, o referente al gasto de investigación con el contenido siguiente: “la Administración General del Estado consignará en los Presupuestos y transferirá anualmente a la Generalidad la parte correspondiente al Estado sobre proyectos estratégicos cuya cuantía no podrá ser inferior a 150 millones de euros”, y finalmente en materia de inversiones referente a que: “La Administración General del Estado asume el compromiso de que la proporción de inversión pública programada en Cataluña se ajuste a la proporción de la economía de Cataluña en el conjunto del Estado, medido en términos del PIB nominal”. Unos compromisos de gasto que justificarían aquella “financiación singular” según las fuentes gubernamentales, pero lo que pretenden los nacionalistas realmente es la gestión de todos los impuestos, para percibir todos los ingresos, de modo que se pondría en peligro la dotación de los Fondos de Suficiencia y de Garantía de Servicios Públicos Fundamentales con los que se financian las Comunidades Autónomas. En este sentido, los impuestos los pagan los ciudadanos en función de capacidad contributiva y no las Comunidades Autónomas, por lo que los acuerdos de financiación singular tienen como efecto roturar el actual sistema de financiación de las Comunidades Autónomas, acordado en el Consejo de Política Fiscal y Financiera órgano donde ha de pactarse la actualización de dicho sistema.

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