La Junta establece las normas relativas al desarrollo de la jornada electoral del 15 de marzo en el ámbito de los permisos laborales para todos los trabajadores de empresas privadas de la Comunidad. Así, se contemplan hasta cuatro horas retribuidas para ejercer el voto, con reducción proporcional en caso de jornada reducida, según recoge la orden de la Consejería de Comercio, Industria y Empleo publicada este martes en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl).
Asimismo, Industria fija los permisos para la solicitud y envío del voto por correo y establece los permisos retribuidos y reducciones de jornada para quienes sean designados presidentes, vocales, interventores o apoderados de las mesas electorales.
Por otro lado, la Consejería de la Presidencia publica en el Bocyl la orden por la que se regula la concesión de permisos a los empleados públicos de la Junta. Aquellos que sean designados presidentes, vocales o interventores de mesa electoral tendrán derecho a un permiso retribuido de jornada completa el día de la votación (si no coincide con su descanso semanal) y a una reducción de cinco horas en su jornada laboral el día siguiente. Igualmente, los apoderados acreditados dispondrán de permiso retribuido durante el día de la votación.
Además, la orden garantiza el derecho al voto de todo el personal al servicio de la Administración autonómica, estableciendo un permiso retribuido de hasta cuatro horas para ejercerlo, o proporcional en aquellos casos en los que el empleado tenga jornada reducida.
