El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publica este miércoles el acuerdo del Consejo de Gobierno por el que todos los establecimientos no esenciales tendrán que cerrar a las 20.00 horas desde hoy, miércoles 17 de febrero, y hasta el próximo martes, 23 de febrero, así como la vuelta al toque de queda a las 22.00 horas después de que el Tribunal Supremo haya anulado el adelanto a las 20.00 establecido por la Junta y que ha estado en vigor durante un mes.
El cierre de toda actividad no esencial a las 20.00 horas ha sido la reacción de la Junta a la resolución del Supremo notificada este pasado martes de anular el adelanto del toque de queda a esa misma hora. Este cierre de la actividad no esencial estará en vigor hasta el próximo martes y, según el acuerdo, será objeto de seguimiento y evaluación continua con el fin de garantizar su adecuación a la evolución de los indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad, pudiendo ser mantenida, modificada o levantada.
En concreto las actividades exceptuadas por la normativa que rigen a partir de hoy y que por tanto no tendrán ese límite de las 8 de la tarde son las siguientes:
1 -Establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.
2 -Los centros, servicios y establecimientos sanitarios; los centros o clínicas veterinarias; los centros, servicios y establecimientos de servicios sociales cuya actividad no esté suspendida; y servicios de naturaleza análoga.
3 -Los establecimientos dedicados a la venta de combustible para la automoción y calefacción.
4 -Los servicios de alquiler de vehículos y estaciones de inspección técnica de vehículos.
5 -Los comedores sociales y demás establecimientos para la entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico.
6 -Velatorios.
7 -Práctica de la actividad deportiva permitida, así como aquellas actividades deportivas individuales al aire libre.
8 -Servicios profesionales, de seguros y de empleados de hogar.
9 -Servicios de transporte, tanto de personas como de mercancías, así como todos aquellos establecimientos, actividades y servicios que deban asegurar el mantenimiento de los mismos.
10 -Centros docentes que imparten las enseñanzas del artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que tendrán el horario establecido por la Consejería de Educación.
11 -Las universidades, de acuerdo con sus protocolos.
12 -Entidades de formación acreditadas y/o inscritas en alguno de los registros coordinados con el Registro Estatal de Entidades de Formación del Sistema de Formación Profesional para el Empleo.
13 -Escuelas municipales de música y danza.
14 -Las actividades de restauración permitidas.
Toque de queda a las 22.00 horas
Por otra parte, el Bocyl publica el acuerdo por el que se vuelve a establecer el toque de queda en la Comunidad entre las 22.00 y las 6.00 horas y mantendrá su eficacia mientras permanezca la vigencia de la medida cautelar fijada en el auto, de 16 de febrero, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, siempre que en dicho momento continúe declarado el estado de alarma.
