La Declaración de Ginebra de 2024 ha cumplido ya 100 años. Una Declaración que constituye la raíz de la Declaración Universal de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas de 1959 y de la Convención de 1989. Para explicar el origen de la Declaración de Ginebra hay que partir de la biografía de Eglantyne Jebb. Egalntyne nació el 25 de agosto de 1876 en Inglaterra, en 1895, a los diecinueve años, estudia Historia en Oxford y complementa su aprendizaje, ocupa un puesto de maestra ayudante en la escuela parroquial en el pueblo de Marlborough. Se interesa por las cuestiones sociales y en 1906 publica los resultados de una encuesta titulada Cambridge: A Brief Study in Social Questions. En 1913, aparece la oportunidad de una misión a petición del Fondo de Ayuda Macedonio de Londres, y se trasladó a esa zona para entregar un socorro económico después de la guerra de los Balcanes. En 1914 estalla la Primera Guerra Mundial y Eglantyne Jebb se da cuenta de que los niños de Europa necesitan alimentos, asistencia sanitaria y piensa en la creación de una fundación para salvar a los niños.
En abril de 1919, Eglantyne Jebb crea la organización Save the Children con objeto de reunir una base económica suficiente para enviar ayuda a Viena y más adelante a diferentes países. Save the Children se fue ganando la reputación de organización competente para llevar a cabo grandes campañas de ayuda y sirvió de fundamento a la Declaración de Ginebra.
El 6 de enero de 1920, Eglantyne Jebb crea Save the Children International Union como un foro internacional por lo que estableció su sede en Ginebra, el Papa Benito XV publica el 20 de diciembre de 1920 la Encíclica Annus jam plenus est, en relación con la protección de la infancia. Eglantyne Jebb pensaba que tan solo la protección adecuada de la infancia y de su educación en espíritu de servicio podrían garantizar al mundo un futuro mejor, y era necesario señalar los derechos del niño.

La rama británica había establecido una Carta de la Infancia en 1922, por lo que se sometieron al Consejo General de Save the Children dos proyectos en los que se reflejaran los derechos de los niños y los deberes hacia los mismos. Los miembros de ese Consejo General firmaron la Declaración el 28 de febrero de 1924, donde se reflejaron los derechos de la infancia y los deberes de los hombres y mujeres de todas las naciones hacia los niños y niñas. El artículo primero insiste en el doble carácter del desarrollo normal del niño, que no es tan solo material, sino que ha de ser también espiritual”, mientras que el artículo segundo precisa los deberes para con la infancia. Por último, ha de reseñarse que el artículo quinto señala el objetivo hacia cual ha de tener la educación, educar en el sentimiento de la solidaridad humana. La Declaración de Ginebra puede considerarse la primera Carta de Derechos del Niño.
Aquel año 1924 la Sociedad de Naciones decidió adoptar la Declaración de Ginebra como Carta de la Infancia. Una Carta que se leyó en la Quinta Asamblea, durante la sesión plenaria del 26 de septiembre de 1924, y se votó por unanimidad la Declaración de Ginebra, que se ratificaría diez años más tarde en 1934.
Unos derechos del niño que se encuentra en cuestión en España. En efecto, el Informe de UNICEF titulado “el impacto de políticas concretas para revertir la pobreza infantil en España”, de noviembre de 2025, expone que el 29,2% de los niños, niñas y adolescentes en España está en situación de pobreza relativa (su hogar ingresa menos del 60% de la mediana de ingresos. Y en la categoría más amplia de la tasa de pobreza o exclusión social (AROPE, por sus siglas en inglés), que suma a la pobreza relativa a niños, niñas y adolescentes en hogares con carencias materiales declaradas o con baja intensidad en el empleo, la cifra sube al 34,6%. Esto equivale a 2,7 millones de personas menores de edad, aproximadamente. Además, este riesgo de pobreza o exclusión es mayor entre hogares monoparentales (con una tasa que se ha mantenido constante alrededor del 50% durante la última década), hogares con adultos emigrantes (con un 40% de niños, niñas y adolescentes en pobreza relativa con un adulto migrante y un 50% cuando ambos lo son).
Estos niveles han persistido o aumentado en la última década, en efecto la tasa de riesgo de pobreza relativa de niñas, niños y adolescentes era del 26,8% en 2018, dos puntos y medio por debajo del nivel actual.
A nivel autonómico, las diferencias son considerables con las mayores tasas de pobreza y exclusión social se observan en Murcia, Andalucía, Castilla La Mancha y Canarias por encima del 40%, mientras que en el otro extremo están Galicia, País Vasco y Baleares, por debajo del 25%.
La pobreza infantil es además una perdida estructural de capital humano y de bienestar colectivo, que se puede cifrar en un coste social estimado de más de 63.000 millones de euros anuales, el 5,1% del PIB, según el Alto Comisionado contra la pobreza infantil, perpetuando ciclos intergeneracionales de precariedad y desigualdad, Y limitando las perspectivas educativas, laborales y vitales.
