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Condenados dos guardias civiles por excederse en un cacheo

por El Adelantado de Segovia
13 de enero de 2022
en Provincia de Segovia
Controles policiales en la AP-6 en el límite de las provincias de Segovia y Madrid. / EUROPA PRESS

Controles policiales en la AP-6 en el límite de las provincias de Segovia y Madrid. / EUROPA PRESS

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La Audiencia Provincial de Segovia ha condenado a dos guardias de la Comandancia de Segovia como autores de tres delitos contra la integridad moral, al considerar que se excedieron sus funciones al realizar un cacheo a cuatro jóvenes que viajaban en un turismo en la mañana del 13 de junio de 2014, al que detuvieron en la autopista AP-6, junto al peaje de San Rafael en dirección a Madrid.

Aunque la sentencia aún no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, la Audiencia Provincial les impone seis meses de prisión e inhabilitación de todo empleo como funcionarios de las fuerzas y cuerpos de seguridad al servicio por cada uno de los delitos cometidos.

Una tercera agente, que también estaba encausada y participó en el cacheo a la única mujer ocupante del vehículo, ha sido absuelta.

Los hechos se remontan al 13 de junio de 2014 cuando los guardias realizaban un operativo de identificación selectiva de vehículos dirigido a la localización de drogas, armas u objetos sustraídos, y situado en el peaje de San Rafael, en sentido Madrid.

Uno de los guardias seleccionó un todoterreno en el que viajaban tres hombres y una mujer. Se les ordenó bajar del vehículo y pidió a los tres varones que vaciasen los bolsillos. Además los guardias realizaron un cacheo corporal superficial de cada uno de los tres. Para hacer el cacheo a la mujer se avisó a un agente femenina, por lo que el cacheo se hizo con posterioridad a ellos.

En presencia de los compañeros de viaje y dado que nunca había sido sometida a una experiencia de ese tipo, la mujer comenzó a llorar, al no entender las razones de ese trato. Uno de los guardias dijo: “Pero chica, no te pongas así que esto es un control normal”, lo cual fue considerado por los otros hombres que se dijo en “tono burlón o jocoso”, añadiendo la acusada a ese comentario: “Es que no le ha gustado cómo la he tocado”. Esto motivó que uno de los hombres protestase por ese comportamiento y exigió un trato respetuoso.

Según la sentencia, varios agentes habían estado registrando el vehículo, sin que en momento alguno realizasen un análisis detenido de los equipajes; a la vez que los hombres respondieron que no llevaban drogas. Invitaron entonces a los tres varones que se dirigieran, de uno en uno y de forma sucesiva a un pasillo subterráneo bajo las cabinas del peaje. Allí fueron requeridos para quitarse pantalones y calzoncillos, así como el calzado y dar la vuelta a los calcetines

Para el Tribunal, esta forma de ser registrados “sin motivo suficiente y contraviniendo de forma expresa los protocolos de actuación vigentes para los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de los que los acusados eran conocedores, causaron en las tres personas sometidas a dichas prácticas una humillación objetiva, que se tradujo en sentimientos de vergüenza y humillación en los sometidos a esa práctica”. Además señala que estos incidentes no fueron reflejados en la hoja de servicio de los guardias, que dejaron al grupo continuar el viaje.

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