El pasado día 17 de junio tuvo lugar el Pleno extraordinario de constitución de la nueva corporación municipal. Como estaba previsto, el popular José Mazarías fue elegido alcalde, poniendo fin a veinticuatro años de gobierno socialista. La ceremonia se desarrolló atendiendo al protocolo previsto, sin incidentes que reseñar y en un tono distendido. Al final, en el discurso programático, el nuevo regidor insistió en su voluntad de cambio y de diálogo con todos y cada uno de los grupos políticos. Es de suponer que dentro de la variedad de partidos representados, será más fácil entenderse con Vox, y Ciudadanos, que con el grupo socialista y aún más difícil sintonizar con Podemos y los comunistas de IU. Esta sospecha se fundamenta en las declaraciones que ellos mismos hicieron aprovechando la toma de posesión.
Es sabido que, el juramento o promesa confiere la plena condición para pasar de candidatos electos a concejales de la corporación municipal. Es un acto formal, que de modo explicito y solemne compromete a cada concejal o concejala ante los ciudadanos. Según la fórmula del Real Decreto 707/1979, el candidato/a electo/a jura o promete “cumplir fielmente las obligaciones del cargo con lealtad al Rey y guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado”.
Los concejales de IU y Podemos hicieron gala de su ingenio y alteraron la fórmula estipulada. Así el portavoz de IU expresó con entusiasmo su convicción republicana. Lo cual no parece muy congruente con el texto constitucional. Aunque expertos juristas admiten que ese tipo de alteraciones, un tanto publicitarias, no invalidan el compromiso de cumplir las obligaciones del cargo. Pero, sí hacen dudar sobre la intención efectiva de actuar con fidelidad al Rey (que queda relegado por la ansiada república). Incluso hay que dudar de su voluntad de guardar y, menos aún, de hacer guardar la Constitución. Por su parte del único representante de Podemos, leyó su fórmula de diseño añadiendo que guardaría la Constitución, “hasta que fuese cambiada por el pueblo”. Quizá ignoraba que la actual Constitución fue refrendada en referéndum por el pueblo soberano en 1978 y que, en ella, se prevé su modificación bajo ciertos requisitos. Finalmente, se aderezaron las palabras de la fórmula institucional, con la conocida consigna: “por imperativo legal”. Nada revolucionario, por cierto. Pues todo el Pleno extraordinario de constitución de la nueva Corporación municipal, se realiza según lo legislado, por tanto, por imperativo legal. Lo cual atañe a todos los asistentes a la sesión, incluidos conserjes, y público asistente. Aunque tendrán otros motivos más serios, por imperativo legal, al menos, se obligan los concejales a realizar su trabajo honradamente por el bien de los ciudadanos. Comienza una legislatura regida por el PP. Por una Segovia mejor, resulta oportuno recordar que, la “Fortuna favorece a los audaces”. Suerte, decisión y temple.
