El Adelantado de Segovia
jueves, 13 noviembre 2025
  • Segovia
  • Provincia de Segovia
  • Deportes
  • Castilla y León
  • Suplementos
  • Actualidad
  • EN
El Adelantado de Segovia

Conceden la pensión a una mujer cuya pareja no estaba divorciada

por Redacción
24 de marzo de 2016
en Nacional
Desde la Seguridad Social argumentaban que la mujer no cumplía los requisitos. / E.P.

Desde la Seguridad Social argumentaban que la mujer no cumplía los requisitos. / E.P.

Compartir en FacebookCompartir en XCompartir en WhatsApp

Luz Casal: “Me he acostumbrado a dar codazos y levantar la voz cuando ha sido necesario”

El incesante aumento de una bomba de relojería oculta la llamada deuda pública

“La lana merina española es un patrimonio que queremos recuperar, porque es la mejor del mundo”

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) confirmó la condena a la Seguridad Social a abonar la pensión de viudedad a una mujer cuya pareja, que falleció en junio de 2014, no estaba divorciada de su esposa en 2012, año en que ambos formalizaron su relación en el registro de parejas de hecho.

En una sentencia notificada recientemente, la Sala de lo Social del TSJC rechaza el recurso promovido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, que se oponían a conceder dicha pensión argumentando que no se cumplían requisitos tales como constituir pareja de hecho dos años antes, o convivir bajo esta condición durante cinco años.

Para la Sala, que confirma la tesis mantenida por el Juzgado de lo Social número Uno de Santander, el requisito para obtener la pensión de viudedad de que no exista vínculo previo con otra persona y que no estén impedidos para contraer matrimonio, sólo debe concurrir en el momento en que se produce el fallecimiento.

“El hecho de que al tiempo de la inscripción como pareja de hecho subsistiera la vigencia del vínculo matrimonial previo del causante con una tercera persona, no es obstáculo para el reconocimiento de la pensión de viudedad que se solicita”, afirma.

El hombre y la mujer convivían desde hacía 19 años y tenían una hija en común. Él había estado previamente casado y se encontraba separado desde 1994. En mayo de 2012 decidieron inscribirse en el registro de parejas de hecho y en febrero del año siguiente él obtuvo el divorcio de mutuo acuerdo. Al fallecer en junio de 2014, ella decidió solicitar la pensión de viudedad, petición que le fue denegada.

El TSJC explica en su sentencia que el reconocimiento de la pensión de viudedad exige la existencia de una pareja de hecho, acreditada mediante la inscripción en un registro público, y la convivencia estable y notoria.

En este sentido, señala que “sea cual sea la fecha de la constitución de la pareja de hecho, la convivencia ha debido durar al menos cinco años (seis para estos casos particulares) ininterrumpidos antes del fallecimiento”.

Junto a ello, es necesario cumplir con el requisito de “antibigamia” —no tener vínculo matrimonial con otra persona— que, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, “basta con que concurra en el momento inmediatamente anterior al fallecimiento”.

Al respecto, la sentencia considera que “el periodo de convivencia requerido es ajeno a si ambos miembros de la pareja podían o no contraer libremente matrimonio”. En este caso, “consta una convivencia previa al fallecimiento del causante con una extensión temporal superior a la mínima establecida legalmente (19 años) y se completa el requisito formal con la inscripción en el registro de parejas de hecho con una antelación superior a los dos años que exige la norma”, afirma.

Compartir en Facebook122Compartir en X76Compartir en WhatsApp

RSS Te puede interesar

  • Histórico hallazgo: descubren en Castilla-La Mancha huevos de dinosaurio de hace millones de años en un yacimiento único
  • Zara, Pull&Bear, El Corte Inglés y Mango confirman sus rebajas del Black Friday: estas son las fechas y horarios clave
  • Confirmado: esta baliza V16 con geolocalización es la más eficaz del mercado y pronto será obligatoria, según la DGT
  • La pillan cobrando ‘comandas fantasma’ y es despedida: esto dijo la Justicia sobre el despido de esta camarera
  • Ni 500 euros ni 1.000: la primera moneda conmemorativa de 2 euros dispara su precio y esto te pueden pagar si la tienes

RSS El Adelantado EN

  • Confirmed – bumblebees can distinguish the duration of light and make decisions like vertebrates
  • No simulator, no routine – Dutch F-35 stealth fighters train in the U.S. with support from NATO Airbus A330 MRTT tankers
  • No inflation, no tariffs – the “Social Security Bill” seeks to give $200 a month relief to millions of U.S. seniors
  • Goodbye to dull shine – hairdresser Rosi Fernandez reveals the mistake that ages hair the most at age 60
  • Elon Musk does it again – celebrates billion dollars approved for Tesla to manufacture millions of Optimus androids
El Adelantado de Segovia

Edición digital del periódico decano de la prensa de Segovia, fundado en 1901 por Rufino Cano de Rueda

  • Publicidad
  • Política de cookies
  • Política de privacidad
  • KIOSKOyMÁS
  • Guía de empresas

No Result
View All Result
  • Segovia
  • Provincia de Segovia
  • Deportes
  • Castilla y León
  • Suplementos
  • Actualidad
  • EN

Edición digital del periódico decano de la prensa de Segovia, fundado en 1901 por Rufino Cano de Rueda