Colectivo Azálvaro se suma a las críticas del futuro proyecto de ampliación de la carretera SG-500 y recomienda a la administración “cautela”, “porque en modo alguno se puede dar por sentado que su ejecución sea cosa hecha”. En una nota de prensa, recuerdan que la SG-500/AV-500 atraviesa el espacio protegido Red Natura 2000, ZEC Zona de Especial Conservación y ZEPA ‘Campo Azálvaro-Pinares de Peguerinos’, “un paraje donde se solapan números e importantes figuras de protección de hábitats, como el embalse del Voltoya, el Área Crítica para el Águila Imperial y el Área de Importancia de Cigüeña negra”. Los ecologistas explican que recientemente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea “ha declarado contrario al derecho comunitario, el proyecto de ampliación de una autopista que transita por las cercanías de la ciudad de Eindhoven y cuya realización iba a afectar negativamente a un prado de molinias que había sido incluido en la Red Natura 2000”. El Tribunal advierte, continúan, “que la directiva Hábitats no permite compensar con posterioridad, como pretendían las autoridades holandesas, los efectos negativos de una actuación en una zona Natura 2000. En estas áreas protegidas, los proyectos que ofrecen a un hábitat están prohibidos en todos los casos, con una única excepción: cuando existan razones imperiosas de interés público y no haya soluciones alternativas”. A este respecto, también aluden a otra sentencia del mismo tribunal, del año 2011, referida a la polémica ampliación de la carretera de los pantanos M-501, “que estableció que el examen de si concurren eventualmente razones imperiosas de interés público de primer orden y de si existen alternativas menos perjudiciales para el medio ambiente requiere una ponderación de esas razones imperiosas y de los perjuicios que el plan o proyecto considerado causen al lugar”.
Colectivo Azálvaro subraya que la sentencia europea citada condenó a España, “igual que lo hizo pocos meses antes otra sentencia sobre el mismo asunto, dictada por el Tribunal Supremo español, que ha condenado a la comunidad de Madrid a deshacer lo indebidamente hecho, es decir, el desdoblamiento de la referida carretera”. Por tanto, consideran, que para que “los planes del consejero de Fomento y Medio Ambiente se lleven a término, antes deberán atravesar el cedazo del pertinente expediente de evaluación ambiental, razonando muy ponderamente por qué la autopista AP-51 y la carretera N-110, que corren paralelas a la SG-500/AV-500 y fuera de la zona protegida, no pueden ser soluciones alternativas para el tráfico desde y hacia Ávila, libres de impactos ambientales”. Asimismo, recuerdan que ya existen declaraciones de impacto ambiental anteriores ya negativas, “dictadas por la Dirección General de Calidad Ambiental, ante proyectos que suponían un impacto ambiental crítico para un paraje emblemático como la comarca de Campo Azálvaro, como el que se pretende acometer en la actualidad, que se traducirá en pérdida de hábitat, contaminación y fragmentación del territorio”.