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Ciudadanos con toga

por Redacción
15 de noviembre de 2010
en Nacional
Muchos españoles piensan que los delitos de cárcel deben ser juzgados por magistrados profesionales y nunca por un jurado popular. / Efe

Muchos españoles piensan que los delitos de cárcel deben ser juzgados por magistrados profesionales y nunca por un jurado popular. / Efe

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Lejos de los estereotipos de la gran pantalla, 15 años de juicios con jurado dejan imperfecciones no previstas en la ley e intentos de hurtar al tribunal popular procesos que, en principio, eran de su competencia.

Asuntos como el caso Wanninkhof -donde Dolores Vázquez fue primero culpable y luego inocente- o el, más reciente, del asesino confeso de dos homosexuales en Vigo -primero absuelto, luego condenado- abonan la desconfianza en la capacidad de los ciudadanos para juzgar y han llevado a retorcer la ley, en vigor desde noviembre de 1995, para que lleguen a sus manos los menos procesos posibles.

En los últimos 10 años, las causas juzgadas por jueces legos se han reducido casi a la mitad -de 433 en 2000 a 281 en 2009-, indica el presidente de la Audiencia de Alicante, Vicente Magro.

«El procedimiento es tan farragoso, tan lento y costoso que no es extraño que se evite, siempre que se pueda», incide la magistrada de la Audiencia de Madrid, María Tardón, para justificar esa «huida del jurado».

La opinión de los españoles también ha variado: si en 1996, año del primer proceso con jurado, el 49 por ciento prefería ser juzgado por un tribunal popular, hoy el porcentaje ha bajado al 44 por ciento; mientras que quienes eligen a los togados profesionales han subido en ese período del 37 al 52 por ciento.

La razón puede estar en la «dureza» del veredicto -solo absuelven a uno de cada 10 acusados-, aunque los delitos más dictaminados son homicidios y asesinatos, en ocasiones con pruebas «contundentes», apunta Magro.

La Ley del Jurado optó por un sistema puro: nueve hombres y mujeres elegidos por sorteo deciden sobre la culpabilidad o inocencia del acusado y los hechos probados y, después, el magistrado de la Audiencia Provincial que preside la vista fija la pena.

La diferencia con el modelo anglosajón, el más conocido gracias al cine, es que aquí el tribunal debe motivar su decisión.

Esta es una de las pegas de los anti-jurado, por las dificultades de ciudadanos legos en derecho frente a los matices jurídicos que separan, por ejemplo, un homicidio de un asesinato.

Para formar parte del tribunal popular, basta con ser español, mayor de edad, no haber sido condenado, saber leer y escribir, ser vecino de la provincia donde ocurrieron los hechos y no tener impedimentos físicos o psíquicos.

Quedan excluidos autoridades del Estado, jueces, fiscales, abogados y miembros de las Fuerzas de Seguridad.

Pueden plantear «excusas» los mayores de 65 años y quienes sufran trastornos por cargas familiares o tengan trabajos de interés general, aunque se plantean pretextos de todo tipo, «a veces tan extremos como invocar motivos religiosos para no juzgar a un semejante», apunta Tardón.

Se suele tener «flexibilidad», explica Magro, con estudiantes en fechas de exámenes o con quienes acaban de encontrar trabajo y tienen miedo a ser despedidos.

Otros son descartados por acusaciones o defensas: la juez Tardón recuerda que a un candidato se le preguntó: «¿Usted cree que todas las muertes son iguales?».

«Pues verá -respondió-, para el muerto no sé si habrá mucha diferencia, pero para el autor… no es lo mismo. Si yo estoy en un andamio y se me cae un martillo que le da en la cabeza a uno que está abajo y le mata, no es igual que si cojo ese martillo, bajo donde él está y le doy con él en la cabeza y le mato».

El candidato fue recusado por todas las partes para sorpresa de Tardón: «Yo me quedé con la boca abierta, porque su razonamiento me pareció tan sólido, tan lógico, tan intuitivo que nunca hubiera imaginado encontrar a alguien con mejores cualidades naturales para juzgar».

Los que lidian a diario con el jurado creen que la ley ha funcionado razonablemente, aunque Magro aboga porque el tribunal juzgue solo los delitos expresamente citados en la ley, mientras Tardón apuesta por simplificar causas y funciones o permitir jurados mixtos que incluyan profesionales del Derecho.

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