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Castilla y León relaja restricciones para las visitas en hospitales

por El Adelantado de Segovia
27 de marzo de 2021
Hospital General Segovia coronavirus

Entrada al Hospital General de Segovia. / KAMARERO

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La Gerencia de Salud de Castilla y León ha decidido atenuar de forma progresiva la restricción de las visitas y el acompañamiento a pacientes en hospitales y centros de salud, para conjugar las medidas preventivas frente a la Covid-19 con el reconocimiento del apoyo emocional de los seres queridos. La Junta, a través de una nota difundida este sábado, ha anunciado que en aplicación de su Plan de Humanización ante la pandemia relajará las restricciones de visitas en función de las condiciones individuales del paciente y de los criterios epidemiológicos marcados por la evolución de la pandemia.

La nueva regulación del acompañamiento de pacientes en hospitales y centros de salud va a permitir que, excepto en casos de vulnerabilidad, se permita un acompañante por paciente, intentando que en la medida de lo posible sea conviviente y limitando el intercambio entre familiares o allegados. Se dará prioridad a que el acompañante sea menor de 65 años y que no pertenezca a grupos de riesgo, y no se permitirá la entrada a personas con síntomas compatibles con la enfermedad provocada por el coronavirus o que hayan tenido contacto estrecho con un positivo en los 14 días previos.

En los hospitalizados en zona COVID será el personal sanitario quien establezca las medidas de acompañamiento determinadas si, a su juicio, se dan condiciones especiales e informando sobre el riesgo de exposición, así como proporcionando el equipo de protección adecuado. En la zona no COVID se limitan las visitas con un horario determinado y conocido desde el ingreso, alternando en el caso de habitaciones con más de una cama para evitar que coincidan visitantes de pacientes distintos.

Evitar la soledad

Sobre las UCI, en la Junta consideran «objetivo prioritario» evitar la soledad dentro de las estrategias de humanización, por lo que se valorará de forma individualizada la situación del acompañante y quedará a criterio del medico la autorización o no de la visita. En Urgencias, en las zonas no COVID se facilitará el acompañamiento de pacientes, y en las zonas COVID será el personal sanitario que atiende directamente al paciente quien establezca medidas de acompañamiento determinadas cuando se den, a su juicio, condiciones especiales.

En cuanto a las consultas externas hospitalarias y en centros de salud, en general se facilitará el acompañamiento de un familiar, siempre que se garanticen las medidas de seguridad, y se permitirá el acompañamiento siempre que se den situaciones especiales que generen un estado de necesidad, tales como menores, personas con gran dependencia o con discapacidad psíquica o sensorial. Respecto al acompañamiento en pacientes en situación de mal pronóstico inmediato y final de la vida, cuando se prevea el fallecimiento próximo se facilitará el acceso a familiares y allegados para acompañarlo, respetando la premisa de que, a ser posible, sean familiares de primer grado.

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