La Seguridad Social exonerará a Campofrío del pago de las cuotas empresariales después de que la empresa mantuviera el empleo tras el incendio de su planta en Burgos y aplicara suspensiones de contratos.
Tras verificar que la solicitud cumple todos los requisitos, la resolución establece que la exoneración tendrá una duración de 12 meses a contar a partir del 16 de noviembre de 2014, fecha de la suspensión de los contratos.
Dicha ayuda se encuentra entre los supuestos aprobados en el Consejo de Ministros del pasado 19 de diciembre, a propuesta de la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, en las que se concede apoyo a las empresas que mantengan el empleo después de que una situación de fuerza mayor propia obligue a interrumpir su actividad, aplicando suspensiones de contratos o reducciones temporales de jornada en lugar de despidos.
La duración inicial de la exoneración en las cuotas empresariales de la Seguridad Social será por un máximo de 12 meses a partir de su reconocimiento y, una vez pasado ese plazo, podrá ser prorrogada otros 12 siempre que compruebe que se siguen cumpliendo los requisitos que determinaron el reconocimiento inicial y los compromisos adquiridos.
Para solicitar la ayuda, la empresa debe estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, así como tener asegurados los bienes indispensables para realizar la misma actividad productiva al momento de producirse el acontecimiento de carácter catastrófico que determina la situación de fuerza mayor propia.
Asimismo, la empresa se comprometerá a mantener en el empleo al menos al 100% los trabajadores afectados (excluidos, en su caso, los trabajadores recolocados en otros centros de trabajo) durante un año con posterioridad a la finalización de la suspensión o reducción así como a realizar la necesaria reinversión que garantice el restablecimiento de las mismas actividades afectadas.