Los establecimientos comerciales han sido uno de los negocios a los que más han afectado el cambio de hábitos de consumo de los españoles en las últimas décadas. Primero la amenaza vino de las grandes superficies; luego de la libertad de horarios; ahora de la venta online. Algunas comunidades autónomas que intuyeron en su día el problema elaboraron planes de equipamiento comercial que incluían moratorias a la instalación de superficies de más de 10.000 metros cuadrados en determinadas poblaciones mientras que aprobaban generosas subvenciones destinadas a la transformación de los comercios tradicionales. La vía de la especialización y del trato personalizado, sin olvidarse de los nuevos canales de información y comunicación con el clientes, son factores clave de éxito. La subida de costes en el alquiler de locales, el cambio de la modalidad de arrendamiento y la paulatina desaparición de conceptos como traspaso o cesión de fondo de comercio, sus debilidades.
Las características del comercio en la capital segoviana no difieren de la de otras ciudades castellanas de su tamaño. Generalmente la viabilidad de un negocio está relacionada con su incardinación en la geografía urbana de la ciudad y con la especificidad de la oferta en relación con la demanda a la que se dirige. No es lo mismo la Calle Real que el barrio de La Albuera. Pero en todo caso es escaparate y pulso de la vida y de los hábitos de consumo de los clientes. Me resultó en su día muy interesante el estudio “Análisis y diagnóstico sobre la situación del comercio de Segovia (2017)”, derivado del Plan de dinamización del sector promovido por el Ayuntamiento capitalino. Las conclusiones sobre los establecimientos del centro de la ciudad y de su periferia, con un amplísimo trabajo de campo, son muy elocuentes, y todavía vigentes a pesar de lo dinámico que es este sector.
Los agravios del Gobierno sobre el comercio con menos de 400 metros de superficie no ayudan en nada a negocios que no tienen ni la solvencia ni el fondo de maniobra de los grandes establecimientos. Las limitaciones del aforo en Fase I –a la que algún día llegará la totalidad de la provincia-, que de manera ridícula los diferencia de bares y cafeterías, y, sobre todo, la prohibición de las rebajas que no son online no solo carecen de sentido sino que suponen desconocer las necesidades actuales del comercio. El excesivo stock es una penalización a su liquidez; facilitar su realización es una de las mayores contribuciones al sostenimiento de toda la red. La redacción de la orden marca en su párrafo primero su finalidad: “los establecimientos no podrán anunciar ni llevar a cabo acciones (…) que puedan dar lugar a aglomeraciones de público, tanto dentro (…) como en sus inmediaciones”. Con ello hubiera bastado para fijar la actuación de los comerciantes; sobraba el segundo párrafo limitando las rebajas, oferta y promoción a la venta on line. La acumulación delante de los comedores sociales de estos últimos días es un ejemplo peor de aglomeración que la de los clientes ante las tiendas.
Los Ayuntamientos también deben tomar nota y ayudar con la exoneración de impuestos (IBI, IAE) y tasas. Es de aplaudir la iniciativa de la Diputación Provincial de Segovia con su programa ReLanza, sabiendo que los tres grandes problemas hoy día son la falta de liquidez, la renovación de los locales y la introducción de tecnología en los establecimientos. Pero sería muy importante que los políticos más cercanos mediaran ante los arrendadores de locales para no penalizar más la falta de ingresos, mientras los jueces dilucidan sobre el alcance de la cláusula “rebus sic stantibus”. Y después que se estudie un nuevo proyecto de ley sobre arrendamientos comerciales, que falta hace.
