{"id":7228,"date":"2025-04-07T14:00:12","date_gmt":"2025-04-07T12:00:12","guid":{"rendered":"https:\/\/eladelantado.com\/actualidad\/?p=7228"},"modified":"2025-04-07T10:22:25","modified_gmt":"2025-04-07T08:22:25","slug":"reducciones-fiscales-inmuebles-alquiler","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/eladelantado.com\/actualidad\/reducciones-fiscales-inmuebles-alquiler\/","title":{"rendered":"Es oficial: la Agencia Tributaria introduce cambios dr\u00e1sticos en las reducciones fiscales para propietarios con inmuebles en alquiler"},"content":{"rendered":"<p><strong>El alquiler de inmuebles representa una fuente de ingresos estable para los propietarios<\/strong>. Permite obtener rentabilidad de una vivienda que, de otro modo, podr\u00eda permanecer vac\u00eda y sin uso. Sin embargo, no siempre el motivo del arrendamiento es econ\u00f3mico.<\/p>\n<p>Para algunos propietarios,<strong> el arrendamiento es una forma de mantener el inmueble en su poder sin dejarlo improductivo. <\/strong>En estos casos, generalmente se trata de propiedades heredadas que forman parte de la historia familiar y con la que existe apego sentimental.<\/p>\n<p>Al alquilarla, <strong>encuentran una manera de mantener esa conexi\u00f3n con la vivienda<\/strong>, evitando que se deteriore con el paso del tiempo. Adem\u00e1s, el ingreso siempre es bienvenido, y permite el pago de los impuestos y el mantenimiento de la propiedad.<\/p>\n<p><strong>El alquiler de propiedades tambi\u00e9n es una forma de inversi\u00f3n.<\/strong> Hay inversores que adquieren inmuebles en zonas con alta demanda, como centros urbanos, \u00e1reas universitarias o destinos tur\u00edsticos, y las alquilan.<\/p>\n<p>En un contexto de tipos de inter\u00e9s bajos y escasas rentabilidades en productos financieros tradicionales, <strong>el alquiler se propiedades se percibe como una alternativa s\u00f3lida para generar ingresos<\/strong>. Ofrece una buena combinaci\u00f3n de seguridad, rentabilidad y probable revalorizaci\u00f3n a largo plazo.<\/p>\n<p>Sea por el motivo que sea, el alquiler de viviendas es una realidad siempre vigente en Espa\u00f1a. <strong>Desde la perspectiva estatal, contribuye a la soluci\u00f3n del problema de vivienda de la poblaci\u00f3n<\/strong>. Raz\u00f3n por la cual, existen algunas medidas que benefician a los propietarios que alquilan sus viviendas.<\/p>\n<h2>Reducciones aplicables en el IRPF a los ingresos por arrendamiento de inmuebles<\/h2>\n<p>Las<a href=\"https:\/\/eladelantado.com\/actualidad\/declaracion-de-la-renta-alquiler-vivienda\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"> reducciones impositivas<\/a> han sido un aliciente para la inversi\u00f3n inmobiliaria. Sin embargo, <strong>hay un antes y un despu\u00e9s marcado por el 2023<\/strong>. El gobierno necesita aumentar la recaudaci\u00f3n y este parece ser un buen nicho para lograrlo.<\/p>\n<p><strong>Antes del 2024, la legislaci\u00f3n permit\u00eda a los propietarios de inmuebles destinados a arrendamiento aplicar una reducci\u00f3n del 60% <\/strong>sobre el rendimiento neto obtenido del alquiler. La condici\u00f3n era que el inmueble estuviera destinado a la vivienda habitual del inquilino. Este era un aliciente m\u00e1s para los negocios inmobiliarios.<\/p>\n<p>Sin embargo y <strong>a partir de la entrada en vigor de la ley 12\/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, todo cambi\u00f3.<\/strong><\/p>\n<h2>\u00bfCu\u00e1les son las novedades con respecto a la reducci\u00f3n por alquiler de inmuebles aplicables en la declaraci\u00f3n de IRPF en 2025?<\/h2>\n<p>En la declaraci\u00f3n de la renta que comenz\u00f3 el 2 de abril se han introducido modificaciones significativas en las reducciones aplicables a los ingresos por alquiler de inmuebles. Las reducciones depender\u00e1n de la fecha de firma del contrato de alquiler de la propiedad.<\/p>\n<p><strong>Para contratos firmados antes del 26 de mayo de 2023<\/strong>, fecha de entrada en vigor de la ley nueva, se mantiene la reducci\u00f3n del 60%.\u00a0El cambio est\u00e1 para contratos posteriores a esa fecha, cambio que favorece a Hacienda, como era de esperar.<\/p>\n<p>En caso de contratos firmados con posterioridad a la fecha mencionada, la reducci\u00f3n general es del 50%. Es decir, que <strong>a partir del 2025 tributar\u00e1n sobre el 50% del ingreso neto<\/strong> del alquiler.<\/p>\n<p>Sin embargo, existe la <strong>posibilidad de incrementar esta reducci\u00f3n<\/strong>. Se pueden aplicar porcentajes superiores en caso de que el propietario haya disminuido en un 5% el precio del alquiler con respecto a la renta previamente acordada.<\/p>\n<p><strong>Tambi\u00e9n se establecen porcentajes diferenciales para los alquileres a j\u00f3venes de entre 18 y 35 a\u00f1os<\/strong> y para el alquiler en zonas tensionadas. Las viviendas cedidas a la Administraci\u00f3n para alquiler social admiten una reducci\u00f3n del 70%.<\/p>\n<p>Un dato interesante a tener en cuenta es que si<strong> la casa ha estado en proceso de rehabilitaci\u00f3n en los dos a\u00f1os anteriores a la firma del contrato<\/strong>, podr\u00eda aplicarse una reducci\u00f3n del 60%.<\/p>\n<p><strong>Menos reducciones implican impuestos m\u00e1s altos<\/strong>. Esa es la ecuaci\u00f3n para los propietarios de viviendas en alquiler.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El alquiler de inmuebles representa una fuente de ingresos estable para los propietarios. 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