{"id":12102,"date":"2025-09-23T12:00:34","date_gmt":"2025-09-23T10:00:34","guid":{"rendered":"https:\/\/eladelantado.com\/actualidad\/?p=12102"},"modified":"2025-09-30T19:22:21","modified_gmt":"2025-09-30T17:22:21","slug":"despiden-baja-redes-sociales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/eladelantado.com\/actualidad\/despiden-baja-redes-sociales\/","title":{"rendered":"Despiden a una trabajadora estando de baja por lo que otra sube en redes sociales y todo acaba en el juzgado: esto dijo el juez"},"content":{"rendered":"<p>Probablemente este sea uno de los momentos de la historia de la humanidad en que <strong>menos privacidad ha existido<\/strong>, o en el que la vida privada de millones de personas ha estado m\u00e1s expuesta que nunca a la mirada de desconocidos. No estamos hablando de artistas de far\u00e1ndula o de pol\u00edticos, que est\u00e1n acostumbrados al escrutinio p\u00fablico, sino de todos nosotros.<\/p>\n<p>Estamos hablando de todas las im\u00e1genes y datos personales que ofrecemos a diario a trav\u00e9s de diferentes plataformas y <a href=\"https:\/\/eladelantado.com\/segovia\/redes-sociales-oficiosas-pero-eficaces\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">redes sociales<\/a>, a las que hay que agregar las que circulan a trav\u00e9s de organismos oficiales y entidades financieras. Es una <strong>sobre exposici\u00f3n que eventualmente se puede volver contra nosotros<\/strong>.<\/p>\n<h2>Despedida de su trabajo por culpa de las redes sociales, de alguien m\u00e1s<\/h2>\n<p>Es en gran parte la historia de una trabajadora, Estrella, que en enero de 2023 comenz\u00f3 a trabajar en una empresa como teleoperadora y que pocos meses despu\u00e9s pidi\u00f3 la baja respaldada por un diagn\u00f3stico de ansiedad, ataques de p\u00e1nico y estr\u00e9s. Sin embargo, pocos meses despu\u00e9s <strong>apareci\u00f3 en las redes sociales de una amiga<\/strong> <strong>viajando por Lisboa y Marrakech<\/strong>.<\/p>\n<p>Los videos de TikTok los coloc\u00f3 en las redes una compa\u00f1era de trabajo y fueron vistos por el personal de recursos humanos de su empresa, que procedieron a abrirle un expediente y <strong>le aplicaron en octubre de ese mismo a\u00f1o<\/strong> <strong>un<a href=\"https:\/\/eladelantado.com\/actualidad\/despedida-estando-baja-irse-viaje\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"> despido disciplinario<\/a><\/strong>.<\/p>\n<h2>De TikTok a tribunales<\/h2>\n<p><strong>La joven despedida no acept\u00f3 el despido<\/strong> y llev\u00f3 su caso al Juzgado de lo Social N\u00b0 15 de Barcelona, donde el juez fall\u00f3 a su favor, al considerar que la empresa hab\u00eda utilizado contenido de las redes sociales sin consentimiento de la trabajadora, vulnerando de esta manera el derecho fundamental a la propia imagen, contemplado en el art\u00edculo 18.1 de la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola.<\/p>\n<p>En consecuencia, el despido se consider\u00f3 nulo, la empleada deb\u00eda volver a su puesto y adem\u00e1s <strong>recibir una indemnizaci\u00f3n por da\u00f1o moral<\/strong>. La empresa tampoco qued\u00f3 satisfecha con esta decisi\u00f3n y recurri\u00f3 la sentencia, con lo que el caso pas\u00f3 al Tribunal Superior de Justicia de Catalu\u00f1a.<\/p>\n<h2>\u00bfUna decisi\u00f3n salom\u00f3nica?<\/h2>\n<p>El TSJ de Catalu\u00f1a no valid\u00f3 el despido de la empleada, pues esta se encontraba de viaje por razones terap\u00e9uticas, ya que<strong> era<\/strong> <strong>parte del tratamiento recomendado<\/strong> (romper con la rutina y visitar lugares nuevos), aunque en la empresa no pod\u00edan estar al tanto de esto. Pero al mismo tiempo, el tribunal consider\u00f3 l\u00edcito el uso de las im\u00e1genes de TikTok por parte de la empresa como base para su decisi\u00f3n de despido, lo que establece un precedente legal para otros casos donde <strong>se utilice como evidencia contenido de las redes sociales<\/strong>.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 18.1 es bastante escueto: \u201cSe garantiza el derecho al honor, <strong>a la intimidad personal<\/strong> y familiar y a la propia imagen\u201d. Para la Sala de lo Social del TSJ, la empleada <strong>consinti\u00f3 en hacer p\u00fablica su imagen<\/strong> al dejar que la amiga publicara los v\u00eddeos y no le pidiera retirarlos. Tampoco utiliz\u00f3 ninguno de los mecanismos que la plataforma ofrece para eliminar contenido no deseado.<\/p>\n<p>De manera que el acceso a las im\u00e1genes por parte de la empresa fue completamente l\u00edcito, pero no puede ser utilizado para amparar el despido, porque en realidad no es prueba de ning\u00fan comportamiento de la empleada que pueda <strong>considerarse enga\u00f1oso o malintencionado<\/strong>. Viajaba por razones terap\u00e9uticas. La decisi\u00f3n del TSJ anul\u00f3 la sentencia del Juzgado de lo Social N\u00b0 15 de Barcelona, orden\u00f3 a la empresa pagar los salarios ca\u00eddos de la trabajadora, y dio dos opciones: aceptar el <strong>regreso de la empleada a su puesto de trabajo o pagarle una indemnizaci\u00f3n de 919,66 euros<\/strong>.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Probablemente este sea uno de los momentos de la historia de la humanidad en que menos privacidad ha existido, o en el que la vida privada de millones de personas ha estado m\u00e1s expuesta que nunca a la mirada de desconocidos. 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