{"id":11905,"date":"2025-09-16T08:00:44","date_gmt":"2025-09-16T06:00:44","guid":{"rendered":"https:\/\/eladelantado.com\/actualidad\/?p=11905"},"modified":"2025-09-15T17:52:12","modified_gmt":"2025-09-15T15:52:12","slug":"despedida-estando-baja-irse-viaje","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/eladelantado.com\/actualidad\/despedida-estando-baja-irse-viaje\/","title":{"rendered":"Es despedida por irse de viaje estando de baja por ansiedad y la justicia tiene que intervenir: as\u00ed se posicion\u00f3 el tribunal"},"content":{"rendered":"<p><strong>La <a href=\"https:\/\/eladelantado.com\/actualidad\/jubilacion-seguridad-social-pension\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Seguridad Social<\/a> es una de las grandes conquistas de los trabajadores<\/strong>, aunque a veces se puede prestar para situaciones que, vistas desde afuera, pueden dar una impresi\u00f3n equivocada. Es el caso de la situaci\u00f3n que pueden aprovecharse de sus beneficios para abusar o utilizarlos de forma incorrecta. Cuando esto realmente sucede, las empresas est\u00e1n en el derecho de sancionar al empleado e incluso de aplicar un<a href=\"https:\/\/eladelantado.com\/actualidad\/despedida-empleada-mercadona-cafes\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"> despido disciplinario<\/a>, pero antes deben <strong>confirmar que el trabajador realmente<\/strong> <strong>abus\u00f3 de un derecho laboral<\/strong> o se extralimit\u00f3.<\/p>\n<h2>Est\u00e1 de baja, se va de vacaciones y al regreso es despedida<\/h2>\n<p>Uno de estos casos se present\u00f3 en 2023 y lleg\u00f3 a ser debatido recientemente en el Tribunal Supremo de Justicia de Catalu\u00f1a, donde <strong>la sentencia<\/strong> <strong>puede haber sorprendido a m\u00e1s de uno<\/strong>, por el modo como se present\u00f3 inicialmente el caso.<\/p>\n<p>En enero de ese a\u00f1o, una mujer comenz\u00f3 a trabajar en una empresa como teleoperadora, pero apenas <strong>un par de meses despu\u00e9s solicit\u00f3 la baja<\/strong>, al presentar una incapacidad temporal causada por un trastorno de ansiedad. Todo fue debido a una situaci\u00f3n personal que estaba atravesando y a la que se sumaban crisis de p\u00e1nico y ataques de depresi\u00f3n.<\/p>\n<p>En este cuadro cl\u00ednico posiblemente ten\u00eda mucho que ver el hecho de que <strong>estaba pasando por un momento de<\/strong> <strong>vulnerabilidad econ\u00f3mica y social<\/strong>, sola con dos hijas, de 1 y 9 a\u00f1os, y amenazada con ser desalojada de la vivienda. Por esta raz\u00f3n, la empleada estaba de baja y en la empresa esperaban por su recuperaci\u00f3n, cuando en agosto de ese a\u00f1o el jefe de recursos humanos de la empresa encontr\u00f3 en TikTok unas <strong>im\u00e1genes de la mujer disfrutando de las<\/strong> <strong>vacaciones en Lisboa y Marrakech<\/strong>.<\/p>\n<p>Las im\u00e1genes fueron colgadas en TikTok supuestamente por una extrabajadora y amiga de la mujer, y sirvieron de evidencia para <strong>despedirla en octubre de ese mismo a\u00f1o<\/strong>. La notificaci\u00f3n le lleg\u00f3 por correo electr\u00f3nico y en ella le anunciaban de que se trataba de un despido disciplinario.<\/p>\n<h2>Interviene la justicia y se aclara un malentendido<\/h2>\n<p>En principio, parece que la raz\u00f3n est\u00e1 de parte de la empresa:<strong> la empleada se encontraba de baja por razones m\u00e9dicas<\/strong>, y de pronto aparece en una red social <strong>viajando por el extranjero<\/strong>, cuando deber\u00eda estar recuper\u00e1ndose. Lo que no sab\u00edan en la empresa es que <strong>viajar y realizar actividades fuera de su rutina habitual<\/strong> <strong>era parte de la terapia<\/strong>. Y a esto ahora hab\u00eda que agregar un posible despido injustificado, utilizando evidencia que no era v\u00e1lida.<\/p>\n<p>La mujer llev\u00f3 su caso al Juzgado N\u00b0 15 de Barcelona y aleg\u00f3 <strong>vulneraci\u00f3n de derechos fundamentales<\/strong> y de imagen, y acus\u00f3 a la empresa de haber obtenido el v\u00eddeo de forma ilegal. <strong>El juez le dio la raz\u00f3n a la empleada<\/strong>, sentenci\u00f3 que el despido era nulo y que la empresa deb\u00eda pagarle una indemnizaci\u00f3n de 30.001 euros por da\u00f1os morales, as\u00ed como un pago adicional de 7.200 euros.<\/p>\n<p>La empresa naturalmente no qued\u00f3 satisfecha con esta decisi\u00f3n, e interpuso un recurso de suplicaci\u00f3n, alegando que el uso de un v\u00eddeo que se encontraba expuesto en una red social no pod\u00eda considerarse vulneraci\u00f3n de un derecho fundamental, y que <strong>la empresa<\/strong> <strong>no sab\u00eda que los viajes eran parte de la terapia<\/strong>.<\/p>\n<p>El Tribunal Superior de Justicia analiz\u00f3 el caso y tom\u00f3 en consideraci\u00f3n la posici\u00f3n de ambas partes para llegar a la siguiente decisi\u00f3n: decidi\u00f3 revocar la sentencia anterior, <strong>declarando el despido como<\/strong> <strong>improcedente en vez de nulo<\/strong>. Con esta decisi\u00f3n, la empresa <strong>ya no tiene que indemnizar a la trabajadora<\/strong> por el importe antes mencionado, pero s\u00ed reincorporarla a su trabajo pagando los salarios ca\u00eddos entre la fecha de despido y la sentencia.<\/p>\n<p>Y si decide no reincorporarla, deber\u00e1 pagar una indemnizaci\u00f3n de 919,66 euros, adem\u00e1s de los salarios no abonados.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Seguridad Social es una de las grandes conquistas de los trabajadores, aunque a veces se puede prestar para situaciones que, vistas desde afuera, pueden dar una impresi\u00f3n equivocada. Es el caso de la situaci\u00f3n que pueden aprovecharse de sus beneficios para abusar o utilizarlos de forma incorrecta. 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