{"id":11297,"date":"2025-08-25T10:00:47","date_gmt":"2025-08-25T08:00:47","guid":{"rendered":"https:\/\/eladelantado.com\/actualidad\/?p=11297"},"modified":"2025-09-08T20:35:23","modified_gmt":"2025-09-08T18:35:23","slug":"negar-entrada-inspeccion-de-trabajo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/eladelantado.com\/actualidad\/negar-entrada-inspeccion-de-trabajo\/","title":{"rendered":"Es oficial: este es el multazo que tuvo que pagar una empresa por negar la entrada a sus instalaciones a Inspecci\u00f3n de Trabajo"},"content":{"rendered":"<p>Es la ley y el que no la cumple pierde, as\u00ed son las reglas de juego. La legislaci\u00f3n laboral establece que<strong> es obligatorio aceptar las visitas de inspectores de trabajo en la empresa<\/strong>.\u00a0 Por tanto, no hay negativa v\u00e1lida. <strong>Los inspectores de trabajo visitan a las empresas <\/strong>para vigilar que se cumplan las normativas dispuestas en el Estatuto de los Trabajadores. Se entiende que act\u00faan para garantizar el respeto de los derechos laborales. Supervisan las <a href=\"https:\/\/eladelantado.com\/segovia-provincia\/detectan-9-trabajadores-en-explotaciones-resineras-sin-estar-dados-de-alta-en-la-seguridad-social\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">condiciones laborales<\/a>, los salarios, los horarios, entre otros aspectos.<\/p>\n<p>Para ello entrevistan a los trabajadores, revisan documentos, recorren las instalaciones de la empresa e investigan en todo lo que pueda aportar informaci\u00f3n de inter\u00e9s para cumplir con su funci\u00f3n. Seg\u00fan la ley, <strong>el empresario tiene la obligaci\u00f3n de permitir el ingreso y el trabajo de estos inspectores en la empresa.<\/strong> Debe colaborar con los funcionarios supervisores para facilitarles su labor.<\/p>\n<p>La normativa es clara. <strong>El rechazo de una inspecci\u00f3n o la obstaculizaci\u00f3n del trabajo de los inspectores se considera una infracci\u00f3n administrativa grave<\/strong>.\u00a0 Y, por lo tanto, se sanciona. Eso fue lo que le ocurri\u00f3 a la empresa Prosertein Marcu S.L.U.<\/p>\n<h2>La sanci\u00f3n a una empresa de Cuenca que no permiti\u00f3 el acceso a los Inspectores de Trabajo<\/h2>\n<p>Todo comenz\u00f3 el 16 de enero de 2023, cuando dos subinspectores laborales de Empleo y Seguridad Social se presentaron en el edificio en el que funciona Prosertein Marcu S.L.U, en Cuenca. Como indica el protocolo, <strong>los subinspectores de identificaron<\/strong>. A continuaci\u00f3n, informaron al gerente que los atendi\u00f3 que su visita ten\u00eda como objetivo supervisar el cumplimiento de la normativa laboral y de seguridad social.<\/p>\n<p><strong>El gerente se neg\u00f3 a aprobar la visita y acompa\u00f1\u00f3 a los subinspectores fuera del \u00e1rea de trabajo<\/strong>. No quiso firmar el acta elaborada por los visitantes en la que se dejaba constancia de los hechos. Tampoco se identific\u00f3. Ante esta actitud empresarial<strong>, la Inspecci\u00f3n de Trabaja impuso a la empresa una multa de 60.000 euros<\/strong>. Fundament\u00f3 la sanci\u00f3n en el hecho de que el Real Decreto Legislativo 5\/2000 permite considerar como falta muy grave la obstrucci\u00f3n de la realizaci\u00f3n de la funci\u00f3n inspectora.<\/p>\n<p>Precisamente, la negativa del gerente a que se realizara la inspecci\u00f3n impidi\u00f3 que la funci\u00f3n se cumpliera.<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 hizo la empresa sancionada?<\/h2>\n<p>La empresa consider\u00f3 que en la presentaci\u00f3n de los subinspectores se hab\u00edan cometido varias irregularidades. En primer lugar, <strong>los supervisores no entraron por el sector habilitado para recibir al p\u00fablico sino por la zona laboral<\/strong>, reservada exclusivamente a personal autorizado. Tambi\u00e9n destacaron que en el levantamiento y firma del acta tambi\u00e9n hubo anomal\u00edas.<\/p>\n<p>En atenci\u00f3n a estos supuestos fallos de los representantes oficiales,<strong> Prosertein Marcu S.L.U. present\u00f3 una demanda de impugnaci\u00f3n.<\/strong> El procedimiento fue recibido y tramitado por el Juzgado de lo Social n\u00b0 2 de Cuenca. Actu\u00f3 el magistrado Adri\u00e1n Mart\u00ednez Moya.\u00a0<strong>En la demanda la empresa solicit\u00f3 que se dejara sin efecto la multa aplicada por la Inspecci\u00f3n Provincial de Trabajo y Seguridad Social<\/strong>. Agreg\u00f3, adem\u00e1s, que las costas fueran asumidas por ese organismo.<\/p>\n<h2>\u00bfC\u00f3mo se resolvi\u00f3 la impugnaci\u00f3n?<\/h2>\n<p><strong>El juez Mart\u00ednez desestim\u00f3 todas las alegaciones de la<a href=\"https:\/\/eladelantado.com\/actualidad\/multan-empresa-spam-telefonico\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"> empresa sancionada<\/a>. <\/strong>Aval\u00f3 que al negar la posibilidad de inspecci\u00f3n,<strong> la empresa cometi\u00f3 una infracci\u00f3n muy grave<\/strong>, de acuerdo con el art\u00edculo 18 del RD Legislativo 5\/2000. La sentencia destaca, adem\u00e1s, que la empresa no ofreci\u00f3 ninguna explicaci\u00f3n satisfactoria sobre la negativa.<\/p>\n<p>Frente al argumento de que los subinspectores hab\u00edan entrado por un lugar que no era autorizado para el p\u00fablico, <strong>record\u00f3 que la Inspecci\u00f3n de Trabajo no necesita permiso ni cita para ingresar a una empresa.<\/strong>\u00a0El derecho a Inspecci\u00f3n prevalece sobre la organizaci\u00f3n interna de la empresa.<\/p>\n<p>En atenci\u00f3n a lo actuado, <strong>el juez confirm\u00f3 la infracci\u00f3n y la sanci\u00f3n de 60.000 euros. <\/strong>Es un caso que deber\u00eda de servir de ejemplo a las empresas, especialmente a las que oponen cierta resistencia a las inspecciones.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Es la ley y el que no la cumple pierde, as\u00ed son las reglas de juego. 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