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Es oficial: esto es lo que pasa si te saltas un peaje en España, las multas y consecuencias que pocos conocen

por Paco Magar
21 de septiembre de 2025
Multa por saltarse peaje

lo que pasa si te saltas un peaje en España

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Saltarse un peaje y no pagar constituye una infracción en España. Los peajes son la forma de obtener recursos para financiar la infraestructura vial. Operan como una especie de sustituto de impuestos, que hace que solo paguen quienes usan las rutas.

Este mecanismo permite la construcción y el mantenimiento de las carreteras, autopistas, autovías. En algunos casos, los precios de los peajes son establecidos por las comunidades autónomas.

En otros, los regulan empresas privadas que tienen la concesión durante un cierto período. La empresa invierte en las carreteras y a cambio el gobierno le otorga la explotación del cobro de peajes hasta el vencimiento del contrato.

El precio no se fija arbitrariamente, sino que está regulado en el contrato en base a cálculos con fórmulas previamente establecidas.

Existen varios métodos de pago: pago manual, con efectivo o tarjeta, Telepeaje, mediante el dispositivo electrónico y con aplicaciones móviles.

¿Por qué pasar un peaje sin pagar es infracción?

En España existen un conjunto de normas que establecen la obligación de pagar peajes, así como los criterios para la aplicación del cobro.

La Ley 37/2015 regula el régimen jurídico de las carreteras públicas. En ella se establecen las condiciones para la construcción y conservación de las carreteras. Incluye artículos específicamente destinados a la explotación y gestión de las carreteras, entre los que se encuentran aspectos relacionados con los peajes.

El artículo 35 de la ley reconoce el derecho de los concesionarios a cobrar tarifas o peajes por el uso de la infraestructura. También la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial tiene disposiciones sobre el pago de los peajes.

Por su parte, la Unión Europea cuenta con disposiciones acerca del sistema de peajes. España las ha aplicado en el Real Decreto 205/205. En él se establecen criterios para los pagos en base a distancias recorridas, emisiones de CO2, tipo de vehículo y congestionamiento vial.

La base del funcionamiento de los peajes está clara en la Directiva Euroviñeta de la UE, que establece que “quien contamina paga”.  Es un principio que promueve la equidad en el uso de las infraestructuras y que tiene en cuenta la sostenibilidad.

Pasar un peaje sin pagar equivale a no respetar estas normativas. Y, como toda infracción, se castiga con sanciones. 

¿Cuáles son las sanciones por pasarse un peaje sin pagar?

En España, la mayor parte de los peajes tienen barreras. Esto limita la posibilidad de pasarse sin pagar. Sin embargo, hay algunos automáticos que no tienen barreras. Por distracción o intencionalmente, algún conductor puede pasarlo por alto sin pagar.

La Ley 6/2015 establece que el impago de peajes se considera una infracción administrativa. Por lo tanto, se castiga con multas, cuya cuantía dependerá de la gravedad de la infracción.

La falta será leve cuando el conductor no pague en forma directa el peaje. La multa será de 100 €. Si el conductor abandona el vehículo en la zona de peaje o bloquea la vía, la multa puede ascender a 200 €. Y si la obstaculización es grave o el conductor es reincidente, se aplicará una multa de hasta 500 €.

También se puede aplicar pérdida de puntos del carnet de conducir, en los casos de mayor gravedad.

¿Se puede reclamar por una multa por impago de peaje?

Hay algunos fallos en el sistema que hacen posible que el conductor reclame por una multa indebida. Uno de ellos es el error en la identificación del vehículo. Para demostrar esto será necesario probar que estaba fuera de circulación o transitando otra ruta.

También se puede reclamar cuando falla el sistema de pago. Es el caso de que el telepeaje no haya funcionado correctamente, aunque existía saldo para el pago.

Para reclamar es necesario contar con documentación que pruebe que el problema de la falta de pago no fue debido al conductor. Se presentará la reclamación ante la concesionaria o ante la Dirección General de Carreteras.

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