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Confirmado: los españoles podrán deducirse hasta 9.000 euros en la Renta por mejorar la eficiencia energética de sus domicilios

por Antonio Ruiz
17 de enero de 2026
Confirmado: los españoles podrán deducirse hasta 9.000 euros en la Renta por mejorar la eficiencia energética de sus domicilios.

Confirmado: los españoles podrán deducirse hasta 9.000 euros en la Renta por mejorar la eficiencia energética de sus domicilios.

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El 2026 ha arrancado con buenas noticias millones de contribuyentes españoles. En la publicación del Real Decreto-Ley 16/2025, que se realizó el pasado 23 de diciembre, se incorporó una norma que modifica la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y que extiende la vigencia de las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética. Para poder aplicar esta deducción, que podría alcanzar los 9.000 euros, es imprescindible que los trabajos realmente mejoren la eficiencia del inmueble a través de un certificado energético previo y posterior visado por un técnico competente.

Las escalas para la aplicación de la deducción

  • Deducción básica del 20%

Aplica si la obra consigue reducir al menos un 7% la eficiencia por demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda, con una base máxima al año de 5.000 euros y una deducción máxima de 1.000 euros.

Esta deducción se da en vivienda habitual y también en aquellas viviendas que están alquiladas o “en expectativa” de estarlo antes del 31 de diciembre del año 2027. Las cantidades deben haber sido satisfechas hasta el 31 de diciembre de 2026 y el certificado final se debe expedir con fecha límite de 1 de enero de 2027.

  • Deducción media del 40%

La aplicación es igual al supuesto anterior, pero hay una exigencia mayor. Se entenderá que se ha mejorado el consumo de energía primaria no renovable en la vivienda en la que se hubieran realizado tales obras cuando se reduzca en al menos un 30% el indicador de consumo de energía primaria no renovable. También si se consigue una mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética A o B, en la misma escala de calificación.

En este supuesto la base máxima al año es de 7.500 euros y la deducción máxima es de 3.000 euros.

  • Deducción superior al 60%

En este caso, la deducción del 60% se aplica en comunidades de vecinos con rehabilitación energética de todo el inmueble, con una mejora energética del edificio. Se debe acreditar un 30% de mejora o la mejora de la calificación energética para obtener una clase energética A o B, en la misma escala de calificación. Se da en viviendas con plazas de garaje y trasteros que se hubieran adquirido con estas.

Las obras pueden llevarse a cabo hasta el 31 de diciembre de 2027 y el certificado final debe emitirse antes del 1 de enero de 2028. La base máxima al año se fija en 5.000 euros. Las cantidades que no son deducidas pueden trasladarse cuatro años hasta una base acumulada de 15.000 euros. Es decir, el 60% de esa base permite una deducción total de 9.000 euros repartida en varios ejercicios.

Todo deberá estar justificado

Es importante saber que, bajo ningún concepto, darán derecho a practicar deducciones las cantidades satisfechas mediante entregas de dinero en curso legal. Esto quiere decir que todo deberá estar justificado con pagos a través de medios bancarios: honorarios profesionales, coste de redacción de proyectos, dirección de obras, coste de ejecución de obras o instalaciones, inversión en equipos y materiales y otros gastos necesarios para su desarrollo, así como la emisión de los correspondientes certificados de eficiencia energética.

Por tanto, no se considerarán en dichas cantidades los costes que están relacionados con la instalación o sustitución de equipos que utilicen combustibles de origen fósil. A todo ello, añadir por último, que también habrá que descontar las subvenciones utilizadas para llevar a cabo la realización de estas obras.

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