Como todos sabemos, el carnet de conducir es un documento imprescindible para conducir prácticamente cualquier vehículo automotor, con excepción de las bicicletas eléctricas, los patinetes eléctricos y otros equipos con motores de poca potencia. Obtener el carnet para conducir un coche o una motocicleta, generalmente a partir de los 18 años, es visto por muchas personas como una de las primeras señales del paso de la juventud a la adultez, y como un paso más en dirección a una mayor independencia personal y laboral.
Por eso no deja de ser curioso, si son ciertas las palabras de Pere Navarro, director general de Tráfico, pronunciadas ante la Comisión de Seguridad Vial del Congreso, que la media nacional para solicitar por primera vez el carnet de conducir sea de 27 años, sobre todo en los centros urbanos.
El dato proporcionado por Navarro es más interesante aún si fuimos de los que no esperaron y tuvimos nuestro carnet B a los 18 años, pues habrá muchas personas obteniendo el carnet apenas un año antes de que el nuestro caduque y estemos obligados a renovarlo. Esta renovación es un trámite que no podemos postergar, ya que, si nos detienen con el carnet caducado la multa puede ser de 200 euros, nos pueden imponer penas de prisión de tres a seis meses o trabajo voluntario de uno a tres meses.
Tipos de carnet y tiempos para renovarlos
La recomendación de la DGT es no esperar a que el carnet de conducir caduque para tramitar la renovación, sino comenzar a hacerlo como mínimo un par de meses antes de la fecha de caducidad, pues hay que conseguir citas para la revisión médica, o presentarse alguna eventualidad. También es importante recordar que los tiempos para la renovación varían de acuerdo con el tipo de vehículo para el que estemos habilitados o la función que cumpla dicho vehículo (de uso particular o profesional).
Los permisos de conducir B y AM, es decir, aquellos que permiten conducir coches, furgonetas y caravanas ligeras, motocicletas de hasta 125 cc y ciclomotores, entre otros, caducan cada 10 años hasta los 65 años. Después de esa edad, la renovación se debe hacer cada 5 años, un tiempo que se puede reducir aún más si el usuario sufre de alguna enfermedad o condición física que afecte la conducción.
Los permisos A, C y D, y sus variantes, que permiten conducir desde motocicletas hasta autobuses y camiones pesados con remolques, también deben renovarse cada 10 años hasta los 65, y cada 5 años pasada esa edad.
En el caso de las licencias profesionales C, D y E, después de los 45 años el conductor debe renovar el permiso cada 5 años, y después de los 65 años el período para renovar se reduce a 3.
Los cambios en los tiempos para renovar el carnet de conducir
Todos los plazos antes mencionados para renovar el carnet de conducir probablemente cambien en el transcurso de 2025, si la DGT finalmente decide hacer caso de una directiva de la Comisión Europea aprobada por el Parlamento Europeo en los primeros meses de este año que está por concluir. Estos son algunos de los cambios que deberán incorporarse a la normativa española sobre los carnets de conducir:
- El período para renovar el carnet B pasará de 10 a 15 años, con lo que se reducirá sensiblemente el número de veces que deberemos acudir a renovar el carnet.
- En dirección contraria: los carnets para conducir vehículos pesados o para conducir cualquier vehículo de forma profesional pasarán a ser de 5 años.
- Se eliminará la reducción del tiempo de renovación que actualmente se aplica a los conductores con carnet B mayores de 65 años, por considerarse una forma de discriminación por edad y para garantizar a las personas que superaron este límite su derecho a circular libremente y a participar en la vida social y económica.
