Nada como una herencia para acabar con la armonía familiar, aunque es un excelente tema y ha servido de inspiración a innumerables novelas, películas y capítulos de series de abogados. Los conflictos de herencia dañan las relaciones familiares y pueden llevar a la perpetración de crímenes y a juicios sonados en el ámbito penal. No es exactamente el caso del que vamos a hablar ahora, aunque se trata de uno que se manejó en el terreno penal y pudo terminar con una mujer condenada a 5 años de prisión. Pero ese no fue el resultado.
El caso de los dos hermanos y la cuenta compartida
La Audiencia Provincial de León acaba de absolver a una mujer que había sido acusada por sus sobrinos de haberse apropiado de dinero que tenía en cuentas compartidas con su hermano, poco después de su fallecimiento. La tía de los acusadores pasó el dinero que había en varias cuentas compartidas con el hermano, casi 80.000 euros, a una cuenta exclusiva, y fue entonces cuando sus sobrinos la acusaron por apropiación indebida.
Se trataría de parte de la herencia del hermano, fallecido en 2016, y para sus hijos lo que hizo la hermana fue apropiarse de la herencia que debía ser distribuida entre todos los familiares. Fue por ello que la llevaron a juicio, y los abogados de la acusación pidieron para ella que reintegrara lo que se llevó, y 5 años de cárcel.
Sin embargo, la Audiencia Provincial de León falló a favor de la mujer, y el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, a donde también escaló el caso, llegó a la misma conclusión. Se dice que no había razones para tratar este conflicto en un juicio penal, y que correspondería a un juzgado civil determinar a quién corresponde el dinero tomado por la acusada.
Cuáles fueron las razones de los jueces para absolver a esta familiar
A pesar de la acusación de los sobrinos de haber tomado de forma ilegítima dinero que pertenecía a su padre, la defensa logró demostrar, a través de declaraciones de expertos y peritos, que los fondos en las cuentas eran resultado de ingresos compartidos por ambos hermanos. Y la acusación no pudo probar que el dinero fuera exclusivamente del hermano.
Tanto para la Audiencia Provincial de León como para el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, no existen pruebas concluyentes para determinar que la mujer cometió un delito al retirar el dinero de cuentas a las que tenía legalmente acceso. Tal y como se señala en la sentencia de la Audiencia Provincial:
“No se ha probado en el acto del juicio que alguna parte de los saldos de las referidas cuentas perteneciese al fallecido ni que la acusada actuase con voluntad de hacer suyo lo ajeno”.
Tanto en la Audiencia como en el Tribunal Supremo se dejó abierta la posibilidad de que los sobrinos acudan a la justicia civil para determinar si el dinero es parte de la herencia o es realmente de la tía.
Consecuencias de este veredicto para otros juicios a futuro
Este veredicto sienta jurisprudencia importante para futuros juicios que giren en torno a apropiaciones indebidas de herederos cuando haya cuentas bancarias compartidas, donde no se puede determinar claramente la procedencia del dinero, y a quién pertenece.
Aunque este juicio no resolvió del todo el problema que se presenta en estos casos, sí dejó claro que el camino para dirimirlo no es la vía penal, y que deben resolverse en la jurisdicción civil. También dejó claro que hacen falta pruebas firmes y contundentes para acusar de apropiación indebida a un pariente que retira dinero de una cuenta compartida, si se quiere convertir en un caso penal.
