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En caso de divorcio podrías perder la pensión de compensación

¿Cuándo se puede terminar la pensión compensatoria por divorcio?

por El Adelantado
10 de enero de 2025
en Economía
Esta es la pensión que podrías perder en caso de divorcio

Esta es la pensión que podrías perder en caso de divorcio

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Ya casi nadie recuerda la lucha que se desarrolló en muchos países, especialmente a lo largo del siglo XX, para lograr que la separación de parejas, legal y religiosamente constituidas, pudiera realizarse también de forma legal. En España se reconoció por primera vez este derecho en la Constitución de 1931, y se estableció la Ley de Divorcio al año siguiente. Pero fue derogada 7 años después, al concluir la guerra civil, y no se retomó hasta el regreso de la democracia y la aprobación de una nueva ley de divorcio en 1981.

Esta ley no solo hace oficial la separación entre dos personas, también se ocupa de que en el proceso no sean perjudicados los derechos de los hijos ni del cónyuge que se encuentre en una posición económica más débil. Se trata de una posición que, por razones históricas y culturales que todos conocemos, tradicionalmente ocupa la mujer.

Lo que popularmente se conoce como pensión de divorcio es, en realidad, una pensión compensatoria que busca corregir el desequilibrio económico que suele crearse cuando se produce una separación. En palabras del Boletín Oficial del Estado (BOE): “es un derecho personal que la Ley reconoce al cónyuge al que la separación o el divorcio produce un empeoramiento en la situación económica que gozaba durante el matrimonio, colocándole en posición de inferioridad frente a la que resulta para el otro consorte”.

Razones por las que esta pensión se puede perder

Pero esta pensión no tiene por qué ser para siempre, y puede cesar cuando la situación del otro cónyuge cambia claramente, al mejorar sus ingresos o al contraer nuevamente matrimonio u otra forma de convivencia. Hay que saber que actualmente la pensión puede ser exigida por la parte más débil de la relación, sin importar su sexo, y mucho menos después de la aprobación del matrimonio igualitario en 2005.

El artículo 101 del Código Civil señala tres causas por las que se puede terminar con el pago de la pensión: por extinción de la causa del desequilibrio económico, por matrimonio y por convivencia con otra persona.

En el primer caso, se apunta a que la persona que recibía la pensión comienza a percibir ingresos superiores, por razones de trabajo, premios y herencia, que acaban con el desequilibrio económico que motivó la pensión. Por otro lado, cuando esta persona vuelve a contraer matrimonio se supone que cesa la situación que generó la desigualdad, aunque esto no necesariamente sea así. En todo caso, el deudor ya no sería responsable legal de la situación económica de su expareja. Y por las mismas razones, la pensión también deja de ser necesaria cuando el beneficiario comienza a convivir con otra persona, aunque no se trate de un matrimonio oficial.

En todos los casos, la pensión se deja de pagar desde la fecha en que se pueda determinar que la situación del beneficiario cambió, lo que puede hacerse a través de recibos de sueldo, actas de matrimonio, etc. En el tercer caso, la comprobación de que el beneficiario ya no está solo puede ser un poco más complicada.

Cómo se anula la pensión de compensación

Una vez que se determina que ya no hay razones para seguir pagando la pensión, existen dos maneras de anularla: de mutuo acuerdo entre las partes que, por supuesto, es la forma más aconsejable para evitar conflictos, malos tragos y situaciones que puedan afectar a los hijos, si los hay. Y en otro caso a través de una demanda legal, que para prosperar debe estar respaldada con algunas pruebas de que la situación económica del beneficiario de la pensión cambió, y por lo tanto ya no es necesaria.

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