El tabaco gozó de prestigio en casi todo el mundo durante más de tres siglos, y no fue sino hasta la segunda mitad del siglo XX cuando se supo de sus efectos nocivos para la salud y comenzó a prohibirse su consumo en diferentes espacios públicos. Pasaron décadas antes de que se prohibiera fumar en aviones, oficinas públicas, centros educativos, bares y restaurantes. Todavía hay espacios públicos donde este hábito es permitido, aunque continúan aprobándose nuevas medidas para restringir aún más esta adicción que tantas muertes prematuras e innecesarias ha provocado.
La nueva ley antitabaco en España
Esta segunda semana de septiembre, el Consejo de ministros aprobó el anteproyecto de la nueva ley antitabaco, que lleva a nuevos espacios públicos la prohibición de fumar e incluye en las restricciones y sanciones productos secundarios o derivados del tabaco. Junto a ello, impone multas y sanciones a la promoción de estos productos.
Entre los cambios en el régimen sancionador destaca la multa de 100 euros para menores que fumen o vapeen, que deberá ser pagada por sus padres. Otras sanciones hasta por 600.000 euros, para aquellas empresas o medios que patrocinen o promuevan el consumo de tabaco y hasta de cigarrillos electrónicos.
En la nueva ley se declaran nuevos espacios libres de humo, como terrazas de bares y restaurantes, estaciones de transporte público, campus universitarios, vehículos públicos, piscinas y otros espacios abiertos donde hasta ahora se permitía fumar. Otra novedad es que productos derivados del tabaco y considerados casi como sucedáneos, como sucede con el cigarrillo electrónico, pasan a sufrir el mismo tipo de restricciones y sanciones.
Multas y sanciones de acuerdo con la nueva ley
Como en otros casos, las sanciones se dividen en leves, graves y muy graves, y las multas van a ser proporcionales a la gravedad de la infracción. Las sanciones leves se castigarán con multas de 100 a 600 euros, y se aplicarán a aquellos que fumen y consuman productos derivados en zonas prohibidas; que no haya carteles visibles donde se indica que está prohibido el consumo; el consumo o la comercialización por parte de menores de edad, o que las máquinas expendedoras no cumplan con las normativas establecidas para su uso.
Las sanciones graves se castigarán con multas de 601 hasta 10.000 euros, y se aplicarán a los que habiliten espacios para fumar en lugares donde está prohibido; sumar tres infracciones por fumar en espacios prohibidos; comercializar cigarrillos detallados o por unidad, entregar muestras gratuitas de tabaco y productos derivados de este. También se considerarán infracciones graves la venta y suministro a distancia de tabaco y productos derivados, y su promoción y venta fuera de los estancos.
Las sanciones muy graves se castigarán con multas de 10.001 hasta 600.000 euros, e incluyen el patrocinio, la promoción y distribución del tabaco y sus derivados a través de cualquier soporte o medio, exceptuando solo aquellas publicaciones que están dirigidas a los profesionales que trabajan con tabaco y productos derivados.
Víctimas y victimarios
Los fumadores mayores de 60 años pueden considerar que les tocó vivir una era de persecuciones, al ver cómo pasaron de fumar en vuelos transatlánticos (en cabinas presurizadas y con el mismo aire reciclándose durante horas), y en sitios cerrados, a no poder fumar ni siquiera en espacios abiertos. Es cierto que las prohibiciones han ido escalando, pero también lo es que desde hace décadas se sabe que los fumadores atacan su salud y la de los que les rodean, no solo adultos, también de niños y de mujeres embarazadas.
A pesar de seguir acumulándose evidencias científicas que confirman lo perjudicial que es para la salud pública, sigue siendo un producto de venta legal, y no parece que esto vaya a cambiar durante mucho tiempo.
