Una de las prioridades de la Dirección General de Tráfico es la seguridad vial de todos los ciudadanos, más aún si se trata de la vida y el bienestar de los niños. Por este motivo, la autoridad estableció que desde el 1 de octubre los más pequeños no podrán viajar en ciertos tipos de vehículos. Esto que vemos tiene como propósito reforzar las medidas de seguridad que ya existen en el marco normativo vigente. Como por ejemplo, el uso obligatorio de los sistemas de retención infantil para niños de hasta 135 cm de estatura.
Bajo este contexto, la DGT ha querido dar un paso más y aprobar una nueva medida que incremente los niveles de protección. Una decisión que favorece el aumento de seguridad vial para todos, comenzando con los más pequeños de la casa.
Nueva medida para aumentar la seguridad de los niños
Considerando que una de las prioridades de la Dirección General de Tráfico (DGT) es la seguridad vial, se ah tenido en cuenta la inclusión de medidas que reforzarán la protección de los niños de forma integral. En este caso, se ha aprobado un nuevo reglamento donde se establece que a partir del 1 de octubre los niños no podrán viajar en vehículos históricos que no cuenten con cinturones de seguridad.
La disposición normativa tiene como objetivo incrementar los niveles de protección, ya que para los niños viajar en coche sin cinturón de seguridad puesto resulta una situación de alta peligrosidad. La falta de cinturón de seguridad en muchos casos puede traer graves daños a su integridad física y estado de salud general si ocurre algún tipo de accidente.
Desde esta perspectiva, la normativa sostiene de forma específica la prohibición de que en vías interurbanas los menores de edad de estatura igual o inferior a 135 cm vayan en coches históricos. Se trata de vehículos que no dispongan de cinturones de seguridad o en los que no sea posible instalar sistemas de retención infantil para la protección adecuada de los menores. Está más que probado que muchos de los vehículos antiguos no presentan cinturones de seguridad, de hecho en España este elemento no fue obligatorio hasta el año 1992. Considerando a estos como dispositivos de gran importancia para la protección y seguridad de todos los ocupantes de un coche cuando este circula por las vías y carreteras.
Sanciones vinculadas con el incumplimiento de esta medida
Hay que tener en cuenta que para garantizar la seguridad de los niños en las vías ya se tienen definidas ciertas sanciones. Por ejemplo, viajar con niños en cualquier tipo de vehículo que no disponga de un cinturón de seguridad o sistema de retención infantil se considera una infracción grave, la cual puede ser sancionada con 200 euros y la pérdida de 4 puntos del carnet de conducir.
Por otra parte, se establece una multa similar en aquellas situaciones donde el conductor del coche no lleva bien abrochado el cinturón de seguridad. Debido a que esta infracción coloca en riesgo la integridad de la persona que está al volante. Para garantizar la seguridad de los niños en los coches históricos hay que respetar las directrices normativas vigentes. En ellas se establece que, si el vehículo no dispone de cinturones de seguridad o sistema de retención, el menor no podrá viajar.
Sin embargo, cuando el vehículo cuenta con cinturones en la parte delantera, es posible instalar un sistema de retención infantil en el asiento del acompañante y de esta forma sujetar al niño con el cinturón. Las plazas traseras del vehículo pueden ser ocupadas por adultos, sin que ello implique una infracción que ocasione la imposición de una multa.
