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La DGT también te puede multar por ir en bicicleta: hasta 1.000 euros de sanción

por Paco Magar
11 de febrero de 2025
La DGT también te puede multar por ir en bicicleta: hasta 1.000 euros de sanción.

La DGT también te puede multar por ir en bicicleta: hasta 1.000 euros de sanción.

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La DGT y las multas parecen ir siempre de la mano. Es común que se piense en el cumplimiento de la normativa de tráfico siempre asociada a que si no se respeta llegará la multa.

En los hechos, la gente cumple más por evitar una multa que por su responsabilidad o consciencia de los riesgos a los que se expone o expone a otros si no atiende a las normas.

Sea por lo que sea, lo cierto es que las multas de tráfico son una de las principales estrategias de la Dirección General de Tráfico. El objetivo, mejorar la seguridad vial y reducir la siniestralidad en las carreteras.

Su finalidad principal es garantizar el orden y la seguridad a los usuarios de las vías públicas. A pesar de que se suele hablar de la utilidad para castigar a los infractores, no es la única ni la principal para la entidad.

El objetivo primordial es generar un efecto disuasorio que fomente el cumplimiento de las normas de circulación.

Además, los ingresos generados por las multas se destinan en parte a mejorar las infraestructuras viales, a las campañas de concienciación y a las nuevas tecnologías de control del tráfico.

¿Se cobran multas también a los ciclistas?

Hay gente que piensa que solo se controla y se cobran multas a los conductores de coches, camionetas, camiones o similares. No es así.

El concepto de conductor también incluye a quienes van en bicicleta, en patinetes y otros similares. Cada uno según el vehículo que conduce debe cumplir las normativas dispuestas.

Las multas a ciclistas parten de la base de que también inciden en la seguridad vial. Por lo tanto, deben asumir su parte de responsabilidad. La normativa que regula las bicicletas intenta armonizar la convivencia con los otros vehículos y peatones que pueblan las rutas.

Estos conductores deben asumir que forman parte del sistema, lo que los obliga a cumplir con los requisitos que se han establecido para ellos.

Precisamente, pensando en que si va en bicicleta no habrá controles ni multas, algunos conductores se han llevado una gran sorpresa cuando los detiene un agente de tráfico y les llega la multa. 

¿Se realizan controles de alcoholemia a los conductores de bicicletas?

La normativa establece que cualquier persona que circula por la vía pública debe respetar los límites de alcohol permitidos. Los ciclistas están incluidos en las generales de la ley, porque son usuarios de calles y de rutas.

La Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial dispone que todos los conductores de vehículos están obligados a someterse a pruebas de alcoholemia si un agente de tráfico lo requiere.

Estos controles pueden realizarse en situaciones diversas. Pueden aplicarse en controles rutinarios de tráfico. También cuando se observa una conducción irregular o una actitud peligrosa del ciclista. Y seguramente se realizará si el conductor de la bicicleta está implicado en un accidente.

En todos los casos, si el resultado de la prueba de alcoholemia supera la tasa permitida de 0,50 gramos por litro en sangre o 0,25 mg por litro en aire espirado, el ciclista estará en posición comprometida. Conducir con más alcohol que el permitido por la ley puede resultar en multas de hasta 1.000 euros.

Es importante destacar que la multa podrá aplicarse, aunque el ciclista no haya protagonizado un accidente de tráfico ni mostrado una actitud temeraria y peligrosa. Y si es reincidente, es decir, si tiene antecedentes de conducción con niveles de alcohol superiores a los autorizados, también puede aplicarse la multa, aunque no se superen los topes.

El ciclista tiene la ventaja sobre el conductor de un coche de que, como no tiene carnet de conducir, no pierde puntos. Sin embargo, a la multa económica pueden sumarse otras sanciones.

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