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Es oficial: si recibes una herencia, Hacienda puede embargártela si tienes deudas pendientes

por Paco Magar
20 de abril de 2025
Es oficial: si recibes una herencia, Hacienda puede embargártela si tienes deudas pendientes

Es oficial: si recibes una herencia, Hacienda puede embargártela si tienes deudas pendientes

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Es el sueño de muchas personas que lidian a diario con su presupuesto personal, deudas y otros compromisos: recibir una llamada y que nos digan que vamos a recibir una herencia, un patrimonio inesperado con el que podremos ponernos al día y mejorar la calidad de vida.

Lamentablemente, no siempre se heredan bienes; de acuerdo con el Código Civil también podemos heredar deudas y obligaciones, o estar comprometidos de tal manera con Hacienda que lo más probable es que la herencia termine en sus manos, y no en las nuestras.

Qué sucede cuando la herencia viene acompañada con deudas

Es tal y como lo señala el Código Civil: no solo podemos heredar activos como propiedades, otros bienes y dinero en efectivo, sino también pasivos como deudas y obligaciones adquiridas por la persona o el pariente del que recibimos la herencia.

En este caso, debemos evaluar la situación antes de aceptar la herencia, ya que si no nos conviene tenemos la posibilidad legal de rechazarla, es decir, de renunciar a ella.

Si recibimos una herencia con activos y pasivos deberemos usar los primeros para pagar los segundos, y si aún quedan deudas pendientes, los acreedores pueden exigir que las paguemos nosotros.

¿Y qué sucede cuando somos nosotros los que tenemos deudas con Hacienda?

Si estamos endeudados y entre nuestros acreedores se encuentra Hacienda, y recibimos la buena noticia de que nos ha caído una herencia, quizás no debamos alegrarnos tanto, aunque en parte va a constituir un alivio.

Esta podría ser la situación: debemos el pago de impuestos y de otros compromisos con Hacienda, y también tenemos compromisos pendientes con otras entidades financieras y privadas, con las que tampoco hemos podido cumplir; y estas no pueden embargar nuestros bienes porque simplemente no tenemos nada que puedan embargar.

Esta situación va a cambiar al recibir una herencia, en cuyo caso organismos como Hacienda y la Seguridad Social tienen prioridad sobre otros acreedores, y pueden embargar la herencia para cubrir la deuda.

¿Qué hacer cuando tenemos una deuda con Hacienda y recibimos una herencia?

Lo recomendable es ponerse en contacto lo más pronto posible con un asesor fiscal, un profesional que nos ayude a evaluar la situación y a determinar si después de pagar la deuda con Hacienda todavía va a quedar algo para nosotros, o para los demás acreedores, si existen.

Hay al menos dos alternativas entre las que podemos elegir cuando recibimos una herencia y tenemos deudas con Hacienda:

  • La primera es la que ya hemos mencionado: recibir la herencia y dejar que Hacienda y luego otros acreedores embarguen los bienes heredados para cubrir las deudas.
  • La segunda es retrasar la aceptación de la herencia para evitar que Hacienda y otros acreedores embarguen este nuevo patrimonio.

Hay otra alternativa que incluye al dueño original de los bienes que se van a entregar en herencia: si el testador puede hacer testamento y legar al hijo el mínimo que establece la ley, y dejar el resto de la herencia a los nietos.

Es un modo de que los nietos no se vean perjudicados por las deudas de su abuelo.

Naturalmente, cada caso va a depender del tamaño de nuestra deuda con Hacienda y del tamaño de la herencia que estamos recibiendo.

También debemos tener claro que no hay manera de engañar a la Agencia Tributaria y que esta se va a enterar de que recibimos una herencia, con la que podemos saldar nuestras deudas con este organismo.

En todo caso, si queremos disfrutar de una herencia, debemos evitar en lo posible acumular deudas con Hacienda y otras entidades financieras.

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