El momento de la declaración de la renta es la fase del ajuste de cuentas con la Agencia Tributaria. Por eso, cuando las personas perciben que abril está cerca comienza la inquietud de qué deparará esta nueva declaración.
En la declaración se compara lo que cada contribuyente ha aportado a la entidad recaudadora a través de las retenciones y lo que realmente debe pagar.
De esta comparación puede resultar que pagó lo que debía, que Hacienda debe devolverle dinero porque le retuvo más que lo que correspondía y, el peor escenario, que la persona está en deuda con la entidad recaudadora y debe pagarle la diferencia.
En este año 2025 la declaración del IRPF debe presentarse entre el 2 de abril y el 30 de junio, según el calendario dispuesto por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Pero hay novedades especiales para algunos grupos de contribuyentes. Se destacan las siguientes:
Novedades de Hacienda que hay que conocer
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Reducción de IRPF por rendimientos del trabajo
A partir del 2025, el umbral para la exención de la declaración pasa de 6.498 euros a 7.302 euros. Esto significa que los ingresos más modestos pagarán menos impuestos.
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Modificación del límite para contribuyentes con dos o más pagadores
Los trabajadores con más de un pagador también tendrán un nuevo límite de ingresos para estar exentos de la declaración de IRPF. Este límite pasa a 15.876. Para quienes tienen un solo pagador, el umbral se mantiene en 22.000 euros.
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Incremento de las deducciones por donaciones
Las deducciones fiscales por donaciones a organizaciones no gubernamentales y entidades sin fines de lucro han sido mejoradas. Ahora se aplica una deducción del 80% a los primeros 250 euros donados.
Para las donaciones que excedan los 250 euros, la deducción es del 40% que puede llegar a un 45% si la donación se ha mantenido durante varios años consecutivos. Esta es una forma de incentivar a la contribución a las causas sociales.
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Obligatoriedad de realizar la declaración quienes reciben prestaciones por desempleo
En el 2025, los desempleados que hayan recibido prestaciones durante el año 2024 están obligados a presentar la declaración de IRPF, independientemente de la cuantía de sus ingresos.
Esta modificación surge como consecuencia del Real Decreto-ley 2024. No cumplir con esta obligación podría ser sancionado con la pérdida de la prestación. Así lo establece la Ley de Seguridad Social.
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Fiscalidad de los alquileres
En el ámbito de los alquileres, se han introducidos modificaciones en las reducciones aplicables a los ingresos por alquiler de viviendas. La normativa 2025 que las condiciones de pago de IRPF dependen de la fecha de firma del contrato. Los firmados antes del 26 de mayo de 2024, mantienen la reducción del 60% sobre los ingresos netos.
Para los contratos firmados a partir del 2 de enero de 2024, la deducción varía en función de otros criterios. Las condiciones para estos casos son diversas y dependen de varios factores, como edades de los inquilinos, reducciones en los alquileres, viviendas cedidas a la Administración Pública para alquiler social, entre otros.
Es importante que los contribuyentes revisen las nuevas condiciones y analicen su situación en relación a estas pautas.
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Deducciones por aportes a la sostenibilidad ambiental
Por este año continúa vigente la deducción de hasta un 60 % por obras de eficiencia energética en viviendas. También se mantiene la deducción del 15% para la compra de vehículos eléctricos e instalación de puntos de recarga. Pero la Agencia Tributaria avisa que este es el último año para estas dos deducciones que tienen que ver con la sostenibilidad.
La declaración de IRPF puede hacerse a través de internet, por vía telefónica o presencialmente en cualquier oficina de la Agencia Tributaria, para lo que habrá que solicitar cita. Ya falta poco para la apertura del periodo, y es momento de ir recopilando documentos.
